Como paso previo a una presentación por daños y perjuicios, siete padres exigieron ante el Obispado de Mar del Plata saber qué hizo monseñor José María Arancedo en 2002, cuando denunciaron que sus hijos habían sido abusados en un colegio católico, apuntando al cura Alejandro Félix Martínez. Parangón con el caso Ilarraz.
Como un efecto dominó, tras los avances de Francisco en busca de que las acusaciones por abusos y encubrimientos dentro de la Iglesia no pasen a la justicia ordinaria, llueven denuncias. Pero lo que quizá nunca imaginó el Sumo Pontífice es que uno de los apuntados iba a ser el actual presidente del Episcopado argentino, José María Arancedo, sindicado por minimizar lo ocurrido en el colegio católico “Nuestra Señora del Camino”, dependiente del Obispado de Mar del Plata.
Como preludio a una denuncia por daños y perjuicio y asesorados por la Red de Sobrevivientes de Abuso Eclesiástico, seis madres y un padre presentaron ante el Obispado marplatense un pedido de informes para que el actual obispo, Antonio Marino, dé a conocer el resultado de la investigación que, de acuerdo con el Código de Derecho Canónico, debió haber llevado a cabo Arancedo, titular de esa diócesis hasta 2002, con el fin de esclarecer y/o juzgar en sede canónica los abusos sexuales cometidos contra sus hijos e hijas, por los que se acusó al sacerdote Pedro Alejandro Félix Martínez.
Fundamentalmente, la información requerida en el escrito es la siguiente:
A) Si se llevó a cabo una investigación, de acuerdo a lo normado por el canon 1717.
B) Si se comunicó a la Congregación de la Doctrina de la Fe el caso de abusos sexuales perpetrados contra los niños. En caso afirmativo, fecha de la comunicación e instrucciones impartidas por la mencionada Congregación, de conformidad con lo ordenado por la Carta de los Delitos más graves, sancionada en el año 2001.
C) Resultados de la investigación. Medidas y/o sanciones adoptadas contra el sacerdote imputado. Si se le otorgó al mismo el tiempo prudencial para la enmienda a tenor del canon 1347; en caso afirmativo, duración del tiempo prudencial.
D) Si existió mérito para elevar a proceso penal canónico el caso en cuestión. En el supuesto de haber iniciado proceso judicial, estado procesal del mismo a la fecha de esta presentación.
E) Si existió avocamiento del Promotor de Justicia de la Diócesis; en caso afirmativo, dictamen del mismo.
F) Si se dio intervención a las autoridades públicas, denunciando ante la justicia penal al presunto responsable. En caso afirmativo, fiscalía y/o juzgado ante el cual se interpuso la denuncia y estado procesal del expediente penal.
G) Medidas canónicas y/o pastorales adoptadas para reparar el daño causado a las víctimas y restablecer la justicia a tenor del canon 1341.
Este tipo de presentaciones registra antecedentes, por caso, en los arzobispados de La Plata y Mendoza. En el primero, en 2014, en el marco de la denuncia realizada por Julieta Añazco contra el cura Ricardo Giménez. En tanto que en el segundo, en 2010, en el caso Iván González, por el que, a partir de que el arzobispado se negase a entregar la información requerida, se realizó un juicio civil por daños. En este último, después de que la Suprema Corte de Justicia mendocina la condenase, en abril de este año, la curia local tuvo que pagar una indemnización cercana a los 30 mil pesos.
Las denuncias
El caso salió a la luz en octubre de 2002, a meses de que Arancedo dejase de ser obispo de Mar del Plata para convertirse en el arzobispo de Santa Fe en reemplazo de Edgardo Gabriel Storni. En esa oportunidad, casi veinte padres denunciaron al profesor de Educación Física Fernando Pacheco Melo, por abusar de los chicos de entre 4 y 5 años que asistían al jardín de infantes.
A través de la Cámara Gesell, los chicos comenzaron a contar lo que padecieron. A la vez, diversos estudios constataron también las consecuencias físicas. La psicóloga Patricia Gordon, que atendió a siete niños, narró: “El abuso significó tanto que una niña contrajo una enfermedad de transmisión sexual. Un niño intentó suicidarse. Otra niña hizo una patología alimentaria y se negaba a comer. Tanto fue el daño que esas escenas perduraron por años en sus cabezas, en un permanente intento de recordar, para algún día elaborar, tanto daño”.
Pero en sus testimonios, las víctimas también aludieron a que un “hombre de negro” los tocaba y amenazaba para que no hablaran. Se referían al cura Félix Alejandro Martínez, por entonces director del colegio católico y hasta 2014 delegado episcopal del Obispado marplatense.
Sabiendo que se marchaba quien conducía los destinos del clero desde 1991, los padres le reclamaron otra actitud: "Queremos que antes de irse, como católico salga en defensa de los padres y no de este profesor. No puede ser que el obispo vaya en reemplazo por un arzobispo que está acusado de abuso sexual y sobre los casos que hay en esta ciudad no haya actuado y se haya quedado de brazos cruzados y ni siquiera haya dado su opinión". Los padres aludían a las denuncias contra el mencionado Storni por abusos y malversación de fondos. En entrevista con La Capital de Mar del Plata, Arancedo esgrimió una defensa muy común por estos días: "En la Iglesia no ha habido nunca, ni en la intención ni en la acción, un deseo de ocultar nada".
En marzo de 2006, Melo Pacheco fue absuelto por los jueces José Martinelli, Esteban Viñas y Alfredo Deleonardis, a cargo del Tribunal Oral Criminal Nº 1. En el fallo, los magistrados apuntaron a los padres: “En forma persistente, militante y organizada se orientaron a hostigar y agredir no sólo al imputado sino a docentes y autoridades del colegio. Las actitudes fueron irracionales y temerarias por sus consecuencias perniciosas para la salud psicológica de los niños y para la buena marcha del proceso”.
Llamativamente, al final del escrito, Martinelli, Viñas y Deleonardis hicieron esta consideración: “Las autoridades eclesiásticas del colegio afectado podrían reflexionar acerca de si el viernes 3 de octubre de 2002, al tomar conocimiento de la delicada situación planteada por los padres de una alumna, adoptaron en verdad una postura acorde a los preceptos de la fe católica, tantas veces predicados, de acompañar al prójimo que sufre –aunque pueda hallarse equivocado–, poniéndose con humildad a su lado y no con soberbia por encima de ellos”.
Sobre la valía del relato de los chicos, primó el argumento de la abogada de Melo Pacheco, Patricia Perelló. Interviniente en varias causas por abusos de menores, la defensora explicitó su criterio, este año, en una columna en La Capital, titulada “Qué hay detrás del auge de las denuncias sobre abuso sexual infantil”: los chicos “no solamente pueden mentir, pueden malinterpretar, pueden distorsionar, y pueden tener un discurso co-construido a partir de interrogatorios inapropiados de sus padres, familiares, y de los propios psicólogos. Cuanto más pequeño es el menor más fácil es que esto suceda. Hay incontables estudios que dan pruebas fehacientes de ello.
Estimo que esto es lo que sucede frecuentemente, en casos de denuncias colectivas. Pero muchos operadores de justicia no se animan a reconocer que esto puede suceder, y que, de hecho, muchas veces sucede”. Los padres y psicólogos que trabajaron junto con ellos nominaron este tipo de juicios como backlash, concepto acuñado por el feminismo para describir al contra-movimiento social que busca legitimar diversas manifestaciones de violencia en contra de las mujeres y de los niños.
Recientemente, Perelló fue nombrada conjueza de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, lo que generó un enérgico repudio por parte de algunas organizaciones como La Alameda y la Red Anti Mafia. Por medio de un comunicado, sostuvieron: “En un último caso, vinculado al colegio Gianelli, violando todas las leyes judiciales y cualquier valor ético y moral, (Perelló) publicó las Cámaras Gesell de los niños abusados por una maestra”.
Los padres apelaron ante la Sala I de Casación Penal, compuesta por ese entonces por Horacio Piombo, Benjamín Sal Llargués y Carlos Natiello, quienes ratificaron, en 2010, el fallo de primera instancia. Paradójicamente, en esa oportunidad, Piombo votó en disidencia.Como se sabe, los dos primeros debieron renunciar, recientemente, ante el unánime rechazo que generó la reducción de la pena a un hombre que había abusado de un nene de 6 años.
El año pasado, la Suprema Corte de Justicia bonaerense volvió a fallar a favor de Melo Pacheco, declarando inadmisible el pedido de un recurso extraordinario para que el caso sea tratado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La expectativa de los padres está en el recurso de queja presentado ante el Máximo Tribunal.
La sombra de Ilarraz
Cuando Arancedo se marchó, quien lo reemplazó fue Juan Alberto Puíggari, actual arzobispo de Paraná. Los padres de los niños marplatenses se reunieron con él, advirtiendo que tenía una postura calcada a la de Arancedo. "Es la misma respuesta que obtuvimos hasta el presente desde el Obispado que, ante nuestros reclamos, siempre nos dio la espalda", sostuvieron a la hora de anunciar porqué iniciaban una serie de marchas para visibilizar sus denuncias.
La coherencia de los dignatarios eclesiásticos estremece. Hoy, Puíggari está en el centro de los cuestionamientos por haber formado parte de la maquinaria institucional que encubrió el caso de Justo José Ilarraz, recientemente procesado por el abuso de siete exseminaristas.
Julián Maradeo
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