La organización Zainuco, a la que pertenecen la abogada y el abogado querellantes en el juicio por el asesinato de Braian Hernández, emitió un documento en el que cuestiona el accionar de la justicia -que sentenció al policía Claudio Salas a 15 años de prisión- a través de un recorrido por la causa.
El asesinato de Braian
El 19 de diciembre de 2012 Braian viajaba con sus amigos en una coupé Renault Fuego, que como travesura de niños, le habían quitado al padre de uno de ellos.
En el medio de esa travesura infantil, un móvil policial se les cruzó. Ante el temor que los pibes le tienen a la policía, los chicos se asustaron y continuaron la marcha.
El auto había pasado cuando Claudio Salas, con su arma reglamentaria, le disparó a la luneta. La bala entró en la cabeza de Brian por la zona occipital, provocándole la muerte.
El Juicio
El 27 de Noviembre de 2013 comenzó el juicio contra Claudio Salas. Durante los cuatro días que duró pudimos asistir a los intentos desesperados de la defensa por re trasar el inicio del juicio, y luego a todo tipo de falsedades y miserias tendientes a mejorar la situación del complicado Salas. Todos los policías intentaron justificar el hecho de dispararle a un joven por la espalda, basándose todos ellos en un discurso discriminatorio y estigmatizante, que intenta instalar la idea de que vivir en el Oeste te convierte en peligroso, y que esa peligrosidad amerita un disparo en la nuca. En base a lo ocurrido y a lo probado durante el juicio, desde Zainuco, acompañando a Ely Hernández desde el patrocinio letrado de la querella, pedimos la pena de prisión perpetua para Salas, por haber cometido un homicidio doloso agravado por ser policía y por utilizar un arma de fuego. La fiscalía pidió la misma pena.
La Sentencia
El martes 3 de Diciembre del 2013, la Cámara en lo Criminal Nº II dió lectura a la sentencia condenando al policía Claudio Salas a prisión perpetua, considerándolo autor del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto en el art. 80 inc. 9º del Código Penal (por haberlo cometido abusando de su función o cargo, por ser miembro integrante de las fuerzas policiales). Esta condena se logró en un contexto de gran movilización, ante el reciente asesinato de un testigo y la respuesta masiva inmediata de la gente. Se intentó calmar los ánimos, y se dictó la condena perpetua, pero pudiendo prever que esta difícilmente se concretaría.
La resolución del TSJ
La defensa del policía, al recurrir la sentencia, nunca cuestionó la calificante de abuso de su función. En una primera revisión la condena fue confirmada por el Tribunal de Impugnación y llegó a la sala penal del Tribunal Superior de Justicia.
El 24 de septiembre de 2014 el Tribunal Superior dictó una resolución atenuando la calificación legal del delito imputado al policía Claudio Salas, pasándola de homicidio calificado por haber sido cometido “abusando de su función o cargo, por ser miembro integrante de las fuerzas policiales” (art. 80 inc. 9 CP), a homicidio simple (art. 79 CP).
En este fallo Kohon y Cancela consideraron que la comisión de un homicidio por parte de un policía estando en funciones no constituye necesariamente abuso de la función policía. Esto implica un intento de derogación del art. 80 inc. 9 CP , una aberración jurídica, pero con coherencia política: no es más que una legitimación judicial al accionar criminal de la Policía.
Desde Zainuco, acompañando a Ely Hernández en la querella, recurrimos esta sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para que se revoque la resolución forzada del TSJ, y Claudio Salas vuelva a ser condenado a perpetua.
De esta forma llegamos a la audiencia de hoy.
Desde el asesinato de Braian nuestra lucha estuvo dirigida enfrentar al aparato represivo, que en ese momento se encarnaba en la figura del asesino Salas. Y que se encarna diariamente en cada policía que mata, que tortura, que persigue, que allana, que abusa.
Nuestra lucha fue y es por la perpetua a Salas. En el sentido que entendemos que lograrla es lograr un mensaje poderoso contra la impunidad policial. Es dar un golpe contra una de las formas que con mayor fuerza legitiman el accionar diario de la policía en los barrios.
Nuestra lucha es arrancarle a esa justicia una condena máxima. Y en este sentido nuestra lucha continúa y nuestras fuerzas siguen intactas. Porque seguiremos denunciando cada vez que la policía torture, cada vez que la policía pegue, cada vez que la policía arremeta contra los jóvenes pobres y estigmatizados de nuestra ciudad.
El juicio de Braian nos deja este aprendizaje, más allá de la magra e ilegal condena a 15 años de prisión que impuso en el día de hoy, el tribunal conformado por Carina Álvarez, María Gagliano y Mauricio Zabala. Desconociendo la batería de agravantes que resultan aplicables al caso (Ej. utilización de arma de fuego, calidad de policía de Salas, indefensión de la víctima, por nombrar las más obvias) el tribunal impuso una pena que se aleja notablemente del máximo de 25 años de prisión previsto para el homicidio simple (calificación que ya de por sí implica desconocer la calidad de funcionario policial de Salas y la utilización de un arma de fuego).
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