Argentina abrió el camino en el juzgamiento de crímenes de lesa humanidad con jueces y leyes locales. El interés de otros países.
La experiencia argentina en el juzgamiento al Estado por crímenes de lesa humanidad es observada de cerca por distintos sectores de la comunidad internacional que atraviesan instancias similares. La semana pasada jueces, fiscales e investigadores de Camboya y Bangladesh llegaron al país para participar de un seminario organizado por el Centro de Estudios sobre Genocidio de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (Untref). Bajo el nombre Conferencia Internacional sobre Juzgamiento de Crímenes de Estado por Tribunales Nacionales, el seminario que se hizo en el Centro Cultural Borges abrió un diálogo con jueces y académicos locales. Quedaron expuestos muchos puntos en común –y también las zonas de disidencia– en un campo en el que los tres países tramitan sus pasados dictatoriales con procesos de justicia valorados y reconocidos porque se hacen con tribunales propios (o mixtos como Camboya) y en el marco de leyes internas.
La experiencia argentina en el proceso de juicio a los responsables de la última dictadura se considera única en el mundo. Uno de los reconocimientos principales que se le hace, se basa justamente en el carácter “nacional” de los procesos, dado que son llevados adelante por jueces de su territorio, con normas internas, enmarcadas a su vez en códigos internacionales con las garantías del debido proceso. Irene Victoria Massimino, académica especializada en el tema y parte del equipo de Genocidio que encabeza Daniel Feierstein, explica en ese sentido que otros países como la ex Yugoslavia o Ruanda revisan sus crímenes fuera de sus territorios y con tribunales integrados por jueces extranjeros, en general de la Corte Penal Internacional, dependiente de Naciones Unidas. En ese sentido, las experiencias de Bangladesh y Camboya parecen más cercanas a la de Argentina. Los dos países trabajan en el procesamiento a los responsables de crímenes masivos de Estado cometidos en contextos históricos y períodos más o menos similares: Bangladesh en 1971 y Camboya entre 1975 y 1979. Los juicios se hacen con normas internas enmarcadas en el derecho internacional, en territorio propio y, en el caso bengalí, con jueces locales. Pero así como el proceso argentino es valorado a nivel internacional, y no recibe objeciones entre otras razones por el apego a las leyes, países como Bangladesh reciben críticas duras de la Corte Penal Internacional, como ellos mismos explicaron durante sus intervenciones en la sala.
“El proceso de justicia en Bangladesh tiene un 75 por ciento de apoyo de su pueblo”, señaló Obaidul Hassan, presidente de la Corte Suprema de Justicia de ese país y parte de la Cámara 2, una de las dos salas a cargo de estos juicios. “El 75 por ciento de la gente confía en el poder judicial nuestro y nuestro tribunal cuenta con la confianza de la gente”, insistió. Esto es así pese a que Bangladesh tiene aún vigente la pena de muerte, uno de sus puntos débiles, criticado internacionalmente. En esa línea, Hassan reconoció que “una de las objeciones de la Corte Internacional es la aplicación que nosotros hacemos de la pena de muerte”. Cuando se lo preguntaron, agregó que ellos mismos no están de acuerdo con la vigencia de la ley pero, señaló, “nosotros decimos que la aplicación de la pena de muerte está en la norma interna. Podría ser abolida, pero no es atribución nuestra hacerlo, sino del Parlamento”.
La pena de muerte no es la única crítica de la Corte Penal Internacional, sino la brecha a través de la cual ingresan cuestionamientos que luego buscan poner en duda la legitimidad del proceso penal. Este fue uno de los puntos señalados por los jueces, que ven allí un boicot a la posibilidad que ellos mismos tienen de decidir sobre sus propios procesos. “Pero las críticas no se quedan en esto –dijo Hassan inmediatamente–. Cuestionan supuestos estándares o normativas que no se cumplen. Pero nosotros les preguntamos cuál es ese estándar. Seguimos todas las obligaciones del debido proceso y no entendemos las críticas de la comunidad internacional. Bangladesh siempre va a aceptar las sugerencias de la Corte Internacional, pero no necesitamos que nuestros países tengan jueces extranjeros para entender en nuestros juicios.”
“Hemos sufrido ataques por decidir juzgar de manera nacional”, señala en este caso otro de los jueces, Enayetur Rahim, que por eso subraya la importancia de encontrarse con escenas como las de Argentina. “Las similitudes con Argentina en ese contexto nos apoyan y nos ayudan. Que Argentina haga lo mismo es realmente importante para nosotros. Creemos que los juicios nacionales son suficientes y no necesitamos ir al ámbito internacional para obtener justicia.”
Cada uno de esos ejes aparece enfatizado desde el nombre mismo del evento. Fue una conferencia internacional sobre “juzgamiento de crímenes de Estado” por “tribunales nacionales”. Ahí aparece en primer lugar la idea del Estado como perpetrador de estos crímenes e inmediatamente después la idea de la jurisdicción nacional. “Decidimos llamarla de esta manera no sólo porque hubo participación de invitados internacionales sino para dar apoyo a los tribunales nacionales, es decir que los propios Estados reconozcan la culpa de las atrocidades que cometieron sin intervención de terceros”, señala Irene Victoria Massimino. “Estos otros tribunales no sólo no conocen la situación local sino que además tienen seguramente intereses ajenos. Además se ha probado que son más lentos y más costosos económicamente.”
Entre los panelistas locales se escucharon jueces como Carlos Rosansky, a cargo de los juicios de La Plata; Fátima Ruiz López, que estuvo en los tribunales de Jujuy; y Daniel Obligado, que integra el tribunal de la ESMA. “Decididamente los únicos dos países que de manera plenamente comprometida aplican juicios por lesa humanidad hoy son Bangladesh y Argentina, y Camboya con un tribunal mixto”, dijo Obligado. “Hay otras experiencias en nuestro continente, pero son más reducidas e incomparables. Por eso resulta interesante oír experiencias como éstas. Estamos conociendo cuáles son los criterios aplicados en relación con los delitos de lesa humanidad en otros países del mundo que pasaron por experiencias de algún modo similares. Ellos lo califican de genocidio, pero mas allá de la calificación elegida, del gran número de personas muertas por acciones institucionales, resulta enriquecedor para poder tener parámetros de complementariedad.”
De hecho, los jueces bengalíes describieron numerosas situaciones comunes en sus propios procesos de justicia. Plantearon las dificultades para resolver la cantidad de testigos, hablaron de las garantías para que los testimonios cuenten con el control de cada una de las partes y de cuestiones más cotidianas como las decisiones que van tomando los tribunales para que los acusados queden detenidos antes del comienzo de los juicios.
La experiencia de los bengalíes se extendió al campo de las relaciones culturales entre los dos países. “Además de los temas legales estamos muy contentos porque vamos a ir a Villa Ocampo –adelantaron sobre el punto–. En el año 1924, Victoria Ocampo tuvo una relación con el poeta Rabindranath Tagore, de origen bengalí, que a pesar de la diferencia de 30 años de edad generó una amistad muy cercana. El vino dos veces como invitado de ella y además tuvieron una relación del llamado amor platónico”, dijo Hassan, entusiasmado. “Esa relación que es más antigua también se retoma en la Guerra de Liberación de 1971, cuando el pueblo e intelectuales argentinos, principalmente Victoria, apoyaron la guerra de liberación y la causa bengalí.”
Alejandra Dandan
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