martes, 12 de diciembre de 2017
Fallo de la Corte sobre la educación religiosa en Salta
La Corte Suprema de la Nación, en fallo dividido, ha resuelto, en relación a la presentación efectuada por un grupo de padres salteños, que no podrá dictarse educación religiosa en las escuelas públicas, en el horario escolar ni como parte del plan de estudio, y cuestiona que los docentes de religión deban tener el aval de la autoridad religiosa.
Con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial de educación 7546, particularmente el inciso ñ del artículo 27, que establece el dictado de educación religiosa dentro del horario de clase y como parte del plan de estudio. También invalidó la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban “educación religiosa”, como lo plantea una disposición de la Dirección de Educación primaria.
Si bien se trata de un golpe al gobierno de Urtubey, quien ha sostenido la tutela política por parte de la iglesia católica en la educación pública, el fallo habilita a que la escuela pública y con recursos del Estado sea un ámbito donde pueda igualmente impartirse educación religiosa a contra turno (Urtubey está enviando un proyecto de ley a la legislatura para habilitar la enseñanza religiosa fuera del horario de clase y del plan de estudio). También constituye un golpe al gobierno nacional, quien a través de el ex ministro de educación, el actual senador Esteban Bullrich, había señalado que se podía implementar la educación religiosa en todo el país. El fallo además crea un precedente ante otras provincias que han establecido la obligatoriedad de la educación religiosa.
Es innegable, que el fallo, se trata de un triunfo de los padres que siguieron hasta el final este proceso, para evitar la discriminación que sufren sus hijos en el ámbito escolar. La Corte emite el fallo dando por probado que en algunas escuelas se practican ritos y se enseña solo la religión católica, es decir que reconoce la discriminación denunciada por los padres. El fallo prohíbe los ritos (rezos, etc) en el ámbito de la escuela. Sin embargo, al permitir el dictado fuera del horario de clase, retomando la ley 1420, no anula la injerencia de la Iglesia Católica en el sistema educativo, simplemente la limita.
El Partido Obrero acompañó esta lucha presentándose como Amigo del Tribunal ante la Corte, a través de la senadora (MC) Gabriela Cerrano y del diputado nacional (MC) Pablo López, quienes además participaron de la audiencia pública convocada para debatir el tema.
Nuestra exposición, si bien acompañó el reclamo de los padres contra la discriminación, fue en defensa de la educación pública, gratuita y laica, y denunciamos centralmente que el dictado de la educación religiosa tiene un carácter regimentador, de sumisión de la población frente a los atropellos que sufre, y que la injerencia de la Iglesia en el ámbito educativo, judicial y gubernamental, constituye un atropello que particularmente afecta a los derechos de las mujeres salteñas (falta de educación sexual laica y científica, negativa de implementar el aborto no punible, etc). El fallo de la Corte no ataca este aspecto del problema, solo avanza en evitar las prácticas discriminatorias en el ámbito escolar.
Desde el Partido Obrero exigimos que el Ministerio de Educación establezca un plan para una transición de los docentes de religión, como ya hizo hace unos años con los maestros de actividades prácticas de las escuelas con orientación en manualidades, para que se garanticen todos y cada uno de los puestos de trabajo de estos docentes, con el dictado de otras materias.
Con todas sus limitaciones, el fallo debe ser tomado como un impulso para dar continuidad a la lucha por la separación de la Iglesia del Estado y reforzar todas las causas de la mujer trabajadora que están pendientes en la provincia, como el derecho al aborto, por la educación pública laica y científica, para que se dicten en la universidad pública las carreras de derecho y psicología hoy monopolizadas por la Universidad Católica, y que le ha permitido a la Iglesia una enorme intromisión en el poder judicial donde predominan los fallos misóginos y la impunidad de los femicidas. Apoyémonos en este antecedente para reforzar esta tarea estratégica.
Pablo López
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