sábado, 30 de diciembre de 2017

El ministro Drago propuso rechazar las intervenciones militares para pagar las deudas financieras hace 155 años.



Ante el bloqueo a Venezuela por el cobro de su deuda, Drago, ministro de J. A. Roca, repudió la injerencia armada de los estados europeos generando jurisprudencia internacional y un giro en la ofensiva de EEUU en Latinoamérica.

Etapa Imperialista

El historiador marxista chileno Luis Vitale describió que durante las últimas décadas del siglo XIX hasta el final de la Primera Guerra Mundial (1918), los países Latinoamericanos atravesaron un cambio en el carácter en la dependencia, pasaron a ser semicolonias con gran influencia de capitales monopólicos extranjeros. Lenin definió esta etapa como la etapa imperialista, una etapa superior del capitalismo en la que se concentraban el capital financiero e industrial a nivel mundial.
Durante este período se reconfiguró el mapa mundial, las inversiones británicas que durante el siglo XIX ejercieron gran influencia en Latinoamérica fueron perdiendo terreno mientras crece la influencia de los Estados Unidos. Con la Doctrina Monroe (1823), EEUU establecía, bajo de idea de América para los americanos, el inicio de una política colonialista, en la que asumía el rol de guardián de los países americanos frente a la invasión de cualquier país europeo.
A pesar de esto, luego de establecida la Doctrina, los ingleses ocuparon las Islas Malvinas, costa de los Mosquitos en Nicaragua y parte de Venezuela. España invade República Dominicana y Francia interviene en México durante el siglo XIX. Un rumbo distinto asume EEUU durante el bloqueo naval que Gran Bretaña, el Imperio Alemán y la monarquía italiana ejercieron en las costas de Venezuela en 1902 exigiendo el pago inmediato de las deudas que el dictador C. Casto que había suspendido como consecuencia de la guerra civil venezolana.

La Doctrina Drago: no a la intervención militar para el cobro de las deudas

Ante el bloqueo, a fines de 1902, el Ministro de Asuntos Exteriores L. M. Drago, de la segunda presidencia de Julio A. Roca, realizó una importante declaración, que envía al gobierno de los Estados Unidos, repudiando la injerencia de los países europeos en los asuntos americanos: “la deuda pública no puede dar lugar a la intervención armada y menos aún a la ocupación material del suelo de las naciones americanas por una potencia europea. El cobro compulsivo e inmediato, en un momento dado, por medio de la fuerza, no traería otra cosa que la ruina de las naciones más débiles y la absorción de un Gobierno, con todas las facultades que les son inherentes, por los fuertes de la tierra”. En esta declaración política llamada Doctrina Drago, dejó expresado su preocupación por la invasión por la fuerza a los países americanos a la vez que clamó para que el gobierno de T. Roosevelt intervenga diplomáticamente respaldando la Doctrina Monroe. Si bien el conflicto llegó a su fin con el Protocolo de Washington (1903) en el que se acordó que Venezuela pagaría a plazos sus deudas con el 30% de sus ingresos de aduana, la Doctrina Drago generó jurisprudencia internacional.
Este hecho conocido internacionalmente contrastó con un clima de luchas obreras contra la Ley de Residencia y contra el pago de los intereses de la deuda externa durante la segunda presidencia de Roca. El 22 de noviembre de 1902 se sancionó la Ley de Residencia por la que fueron expulsados cientos de inmigrantes.
También Roca le pidió a Pellegrini la elaboración de una iniciativa legislativa para la consolidación de la deuda pública, la propuesta fue apoyada por el senado, lo que generó una rápida respuesta de la prensa y grandes manifestaciones por lo que Roca decide no apoyarla y responsabilizar a Pellegrini.

La ofensiva de EEUU en Latinoamérica

En 1907 en la Segunda Conferencia Internacional de Paz de La Haya, instituyó parcialmente en el art. 1 de la Convención parte de la Doctrina Drago: la limitación del empleo de la fuerza para el cobro de las deudas (suscrita el 18 de octubre de 1907) mostrando un avance contra la injerencias de las políticas imperialistas para el cobro de las deudas. Sin embrago, Estados Unidos impuso la Cláusula Porter que permitió el uso de las fuerzas militares en caso de que los países deudores no sometan el asunto a arbitraje.
Además de esto, la diplomacia de los Estados Unidos impulsó el llamando Colorario Roosevelt (1904) considerado como una enmienda a la Doctrina Monroe, que afianzó aún más la dependencia colonial de los países bajo su influencia, estableciendo que si las propiedades de los propietarios o empresas estadounidenses corrían peligro, EEUU estaba obligado a intervenir. Además de esto, se atribuía el derecho de expansión de sus intereses comerciales por Latinoamérica y sobre todo en el Caribe. La aplicación de esta política imperialista de Estados Unidos se la llamó "Diplomacia del Garrote".
Como antecedentes, Estados Unidos ya había impuesto la Enmienda Platt y el protectorado a Cuba que duró hasta 1934, intervino Panamá en 1903 con la finalidad de obtener su protectorado y la construcción del canal, ocupó Nicaragua y durante la Primera Guerra Mundial interviene Haití (1915-1935).

Hernán Perriere

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