miércoles, 3 de mayo de 2017

2x1 para los genocidas: el mamarracho oficial



El máximo tribunal declaró por mayoría aplicable la derogada ley del 2 x 1 (ley 24.390) en casos de lesa humanidad.

La Corte Suprema tomó mano de la derogada ley del 2 x 1 (Ley 24.390) para beneficiar al genocida Luis Muiña, quien en 2011 fue condenado a 13 años de prisión por la privación ilegítima de la libertad y torturas de Gladys Evarista Cuervo, Jacobo Chester –desaparecido-, Jorge Mario Roitman (desaparecido), Jacqueline Romano y Marta Elena Graiff, todos ellos fueron secuestrados el 28 de marzo de 1977 en en el Hospital Posadas y permanecieron cautivos en el centro clandestino conocido como “El Chalet”. La condena contra Muiña fue ratificada por los tribunales superiores en el año 2013.
La ley del 2x1 permitía computar dos días por cada uno que una persona procesada permaneciera en prisión preventiva, de manera tal que, una vez condenado, se disminuía la pena recibida. Estuvo vigente entre 1994 y 2001, es decir en un breve interregno entre la comisión del hecho y la condena.
Los jueces Highton, Rosenkrantz y Rosatti arguyeron que esta ley se encuadra en el principio rector del proceso penal de “la ley más benigna en favor del reo”. Destacan en sus fallos que este principio tiene raigambre constitucional por los diversos tratados de derechos humanos incorporados en la Constitución Nacional con la reforma de 1994, y que por ende no debe valorarse ninguna otra situación o agravante en el tipo de delito por el cual fuera juzgado el condenado. Con el cinismo que abunda en ciertos “hombres de Derecho”, Rosatti divaga en su fundamento sobre el “dilema moral” que implica la aplicación de este criterio sobre delitos de lesa humanidad, el cual resuelve “mediante la estricta aplicación de la Constitución y las leyes”. El colmo es que Muiña ya se encontraba gozando de libertad condicional.
En realidad, el fallo mayoritario de los cortesanos es un mamarracho jurídico a la medida de los genocidas. Se les aplica la ley más benigna en razón de que estuvo en vigencia aunque sea por un breve lapso en el curso de los treinta años que transcurrieron entre la comisión del hecho y el inicio de los juicios. Ni Muiña ni ninguno de los militares procesados o condenados actualmente cumplió prisión preventiva en los años de vigencia del 2x1. Ni siquiera se encontraban procesados antes de 2001, ya que en ese período de tiempo eran beneficiados por las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Es un premio a la impunidad. El alcance de este fallo se extenderá a otros represores, ya que es una práctica habitual de sus abogados defensores hacer presentaciones similares a las que realizó Muiña.
El voto decisivo de los jueces nombrados por el actual gobierno pone en evidencia el carácter concertado de una política de impunidad que baja desde el poder político, que se enlaza con los dichos negacionistas de Darío Lopérfido, Gómez Centurión y otros funcionarios; las reuniones con los familiares de las “víctimas de la subversión”, la presencia de represores y carapintadas en los desfiles oficiales del 9 de julio y las editoriales de La Nación a favor de la dictadura, entre otros. El fallo, sintoniza, además, con el proyecto de “reconciliación” impulsado por la Iglesia.
Los genocidas nunca brindaron datos sobre dónde se encuentran los desaparecidos, ni sus hijos apropiados, ni a quienes se los entregaron, por lo que siguen perpetrando el delito, y de ahí su carácter permanente. Esto es responsabilidad del Estado y la iglesia que mantienen secretos los archivos y piden a gritos la reconciliación.
El próximo 11 de mayo nos movilizamos a Plaza de Mayo contra la represión de Macri y los gobernadores y contra la impunidad de ayer y de hoy.

Cárcel común y efectiva para todos los represores.

Claudia Ferrero y Liliana Alaniz (Apel)

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