sábado, 2 de enero de 2016

La Escuelita II: el último día del año dictaron sentencia fijando penas a genocidas



Apenas pasado el mediodía de hoy, 31 de diciembre, las querellas de la causa “Luera”, conocida como “Escuelita II”, fueron notificadas de la realización de la lectura de la sentencia de fijación de penas. El fallo condena a quienes habían sido absueltos en la anterior sentencia y eleva levemente las penas al resto de los genocidas condenados.

Como a lo largo de todo el juicio que transitara en el año 2012, el Tribunal Oral Federal (TOF) Nº 2 de Neuquén, presidido por Orlando Coscia, decidió sorpresivamente dar a conocer la sentencia de fijación de penas, sin aviso mínimo para la organización de las partes y del público, en un claro intento de desmovilizar a quienes han esperado tres años por este momento.
Esta nueva sentencia surge a partir de la resolución dictada en el pasado mes de marzo por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal que revocó parcialmente las absoluciones y penas que había dictado el TOF de Neuquén en el año 2012. En la causa están imputados integrantes de la policía de Rio Negro y miembros de Gendarmería, como los represores Jorge Gaetani y Jorge Sachitella. La sentencia también había desestimado los casos de tres víctimas de la dictadura Raúl Sotto, Ricardo Novero y Oscar Dionisio Contreras, y aplicado penas exiguas para genocidas de la talla de Guglielminetti, Viton y Camarelli.
En la sentencia conocida en el día de hoy se resolvió: “1.- RECHAZAR las excepciones interpuestas por las Defensas 2.-IMPONER a Alberto Camarelli, 14 años de prisión; Enrique Charles Casagrande, 10 años de prisión; Jorge Osvaldo Gaetani, 3 años de prisión, Raúl Antonio Guglielminetti, 15 años de prisión; Máximo Ubaldo Maldonado, 8 años y 9 meses de prisión; Eduardo Molina Ezcurra, 21 años y 6 meses de prisión; Enrique Braulio Olea, 21 años de prisión; Francisco Julio Oviedo 5 años y 2 meses de prisión; Miguel Angel Quiñones, 9 años y 3 meses de prisión; Oscar Lorenzo Reinhold 24 años de prisión; Emilio Jorge Sachitella 5 años de prisión; Sergio Adolfo San Martín, 21 años de prisión y Gustavo Vitón, 11 años y dos meses de prisión.”
La abogada querellante por el CeProDH Natalia Hormazabal aseguró que “si bien tendremos que analizar la sentencia en forma precisa, entendemos que las penas fueron aumentadas muy poco en cada caso, lejos de la solicitud en los alegatos de todas las acusaciones, del dictado de las penas máximas.” Y agregó que “más allá de esto, hemos logrado que el Tribunal tuviera que hacer lo que no quiso en 2012, aumentar las penas anteriores, y condenar a quienes había absuelto, por los casos de Virginia Recchia y Ernesto Joubert. Pero también revocar todas las absoluciones por los casos de los compañeros, Sotto, Novero y Contreras. Consideramos que ello es un logro muy importante en la pelea contra la impunidad, porque reconoce que el circuito represivo en la región incluyo a la Gendarmería Nacional, y también que en la comisaría de Cipolletti existió un verdadero Centro Clandestino de Detención y Tortura.”
La querella del CeProDH convocó “a seguir acompañando en estos juicios a los sobrevivientes y familiares, a los organismos de Derechos Humanos, y sobre todo a nuestras Madres de Plaza de Mayo Filial Neuquén y alto Valle, quienes son un verdadero ejemplo para todos los luchadores” en particular “hoy cuando muchas voces se alzan para intentar terminar con estos juicios”.

Alejo Lasa

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