sábado, 19 de abril de 2008
Delitos de lesa humanidad en Mar del Plata
Por Carlos A. Bozzi
En un extenso y fundado fallo, el Tribunal Oral Federal en lo Criminal d la Ciudad de Mar del Plata, dictaminó que los asesinatos cometidos en esa ciudad por la llamada “Concentración Nacional Universitaria” (CNU) en la década de los años 70, deben ser considerados delitos de lesa humanidad.
Por primera vez en su historia, la Justicia local resume detalladamente las andanzas de este grupo de civiles, de signo paramilitar, que asoló la ciudad desde aquél fatídico lunes 6 de diciembre de1971, cuando irrumpiendo violentamente en el Aula Magna de la Universidad Provincial de Mar del Plata, asesinó a la joven Silvia María Filler mientras participaba de una asamblea
Según recuerdan algunos, esta agrupación había nacido en la ciudad de La Plata en 1967 bajo inspiración del filólogo tradicionalista Carlos Disandro, docente de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, con una orientación nacional-falangista, reivindicándose como auténticamente peronista. Dos años más tarde se organizó en Mar del Plata, conformada en su mayoría por estudiantes de la Facultad de Derecho, dependiente de la Universidad Católica de Mar del Plata. Otras voces, en cambio aseguran que realmente la CNU nació y se conformó íntegramente en la ciudad balnearia, con posteriores lazos de unión en la CGT local en la conducción misma del Partido Justicialista y en varios sindicatos afines al peronismo de derecha.
A partir de fines de 1973 participó no solo en la luchas internas del peronismo, sino también en la pelea del peronismo ortodoxo contra agrupaciones y militantes de la izquierda socialista, según sea la ciudad en donde desarrollara su actividad. Así en La Plata el 5 de diciembre de 1975 asesina a 8 jóvenes integrantes del Partido Socialista de los Trabajadores que habían participado en una huelga fabril. También operó en Bahía Blanca, junto a sectores de las “Tres A”, bajo la cobertura de las autoridades de la Universidad del Sur.
En Mar del Plata, su accionar violento se dirigió casi exclusivamente contra los sectores de la Juventud Peronista (JP) y de la Juventud Universitaria Peronista (JUP), siendo responsable de numerosos asesinatos aún impunes, que precisamente esta sentencia ordena investigar, desempolvando antiguos pero no menos valiosos expedientes judiciales, que la justicia local -federal y provincial-llamativamente archivó a poco de suceder cada hecho.
La aparente excusa que dio origen a tantos homicidios resultó ser el asesinato del abogado Ernesto Piantoni, jefe político de la organización, ocurrido el 21 de marzo de 1975 y que ningún grupo armado se adjudicó en ese momento.
Sin embargo en un reciente proyecto de ley, presentado por la diputada nacional Nora Raquel Ginzburg, que procura se indemnice a los “Causa habientes de personas fallecidas por el accionar de grupos terroristas subversivos en el período 1960-1989“, se dice: “La revista Estrella Roja Número 52, órgano del PRT-ERP, de fecha 9 de abril, adjudica el hecho a Montoneros”. De paso, es interesante acceder a este proyecto de ley, pues en el mismo existen una cantidad enorme de datos, difíciles de recopilar exclusivamente para la ocasión de una simple tarea legislativa.
En cuanto a su entrenamiento militar, algunos también recuerdan en los años 75, el paso por Mar del Plata de Santiago Cruciani, suboficial del Ejército, quién bajo los alias de “El Tío”, “Mario Mancini” saltó a la fama por ser unos de los más crueles torturadores del Centro Clandestino de Detención “La Escuelita”, dependiente del V Cuerpo de Ejercito con asiento en Bahía Blanca.
Posteriormente, cuando Cruciani regresó a Mar del Plata, instaló la “Agencia de Investigaciones y Seguridad Privada” (VIP) con domicilio en la calle 25 de Mayo 3324,continuando su relación con el grupo de la CNU .En dicha agencia supo prestar servicios Eduardo Ullúa, una de las personas mencionadas en el fallo del TOF y que un testigo señala como Jefe del Comando de la CNU en Mar del Plata, bajo la órbita del Destacamento de Inteligencia del Ejército en dicha ciudad. Obviamente a esta persona se le imputan varios homicidios, muchos de ellos a punto de ser esclarecidos por la tarea de este tribunal.
En un interesante articulo publicado en la pagina web “Izquierda.Info” titulado “ La Derecha Peronista Marplatense”, Carlos Petroni describe lo siguiente: “La ciudad de Mar del Plata presentó, en relación con lo antedicho, un desarrollo del peronismo de derecha eficazmente articulado, destacándose ante todo su temprana vertebración, incluso durante aquellos períodos cuando desde Madrid el respaldo se dirigía principalmente a las "formaciones especiales". A pesar de ello fueron precisamente las tendencias derechistas del peronismo local las que desataron la violencia política dentro del movimiento, teniendo por su parte una responsabilidad mayor en los inicios de la violencia política en Mar del Plata, a través del asesinato de Silvia Filler, estudiante de arquitectura, el 6 de diciembre de 1971... estos grupos se nutrieron principalmente de dos sectores sociales: estudiantes y profesionales de sectores conservadores de la pequeña burguesía, u obreros cercanos a las tendencias burocráticas del sindicalismo. Mientras que la Concentración Nacionalista Universitaria (CNU), la Juventud Peronista Comando de Organización (CdO), la Alianza Libertadora Nacionalista (ALN), el Sindicato de Abogados Peronistas (SAP) y la Agrupación "Rojo Punzó"- Movimiento de la Juventud Federal pertenecieron al primer tipo; la Juventud Peronista de Mar del Plata (JP - MdP), la Juventud Sindical Peronista y el Comando Revolucionario de la Juventud Obrera Peronista (CR-JOP) se edificaron desde el ámbito sindical. De todas estas organizaciones la Concentración Nacional Universitaria, fue indudablemente la más importante en la ciudad; no desde su peso en el movimiento de masas, sino principalmente dado su profuso accionar en marcha al ejercicio de la violencia”.
Es así que el tribunal mediante la sentencia dictada, decidió reabrir la investigación por los asesinatos de Roberto Alejandro Wilson, Rene Arnaldo Izus, Enrique Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Alberto Goldemberg, Norberto Daniel Gasparri, Jorge Alberto Stoppani, María del Carmen Maggi, Juan José Tortosa, Ricardo Emilio Tortosa, Roberto Héctor Sammartino, Victor Hugo Kein, Jorge Dell Arco, Hilmar Giles, Juan Manuel Crespo y Emilio Azorín, sin perjuicio de continuar con la recepción de pruebas respecto de otros homicidios de los que se pueda tomar conocimiento, considerándolos delitos de lesa humanidad e imprescriptibles. (Nota: Sobre Wilson, ver en esta página web: “De las Tres A al Pozo de Banfield”.)
El Tribunal encuentra probado que el grupo aludido actuaba protegido y con la anuencia no solo de las estructuras del Estado Nacional, sino también de integrantes de la Justicia Federal local y de la Universidad Nacional de Mar del Plata, con cobertura de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, de la delegación de la Policía Federal Argentina de la ciudad y del Poder Judicial Provincial , como así también bajo protección de las autoridades militares asentadas en el “Grupo de Artillería de Defensa Aérea”, (Gada 601), que a partir del 28 de octubre de 1975 fue designado cabecera de la Subzona 15, Area 51 y 52 ,dependiente del Primer Cuerpo de Ejercito, Zona I, por lo que existiendo numerosos precedentes judiciales similares, es procedente la persecución penal de los hechos detallados anteriormente.
A más de numerosa prueba testimonial, el Tribunal también ha basado su veredicto en informes de inteligencia originados en la Prefectura Naval Argentina, en partes emitidos por la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en el testimonio de Orestes Estanilao Vaello ante la CONADEP en el año 1984 entre otros, llegando a la conclusión final, que después del 24 de marzo de 1976, muchos de los integrantes de la CNU pasaron a engrosar las filas de los grupos de tareas de la Subzona Militar 15, actuando incluso en la llamada “Noche de las Corbatas”, hecho ocurrido el 6 de julio de 1977. (Nota: Ver en esta pagina web: “La Larga Noche de las Corbatas” ).
En forma minuciosa e impecable el Tribunal, integrado por los Jueces Falcone, Portela y Parra, saca a la luz numerosas actuaciones judiciales abiertas con motivo de los asesinatos ocurridos en aquella época, llamativamente cerradas a los pocos días de los hechos sin investigación alguna . Como ejemplo de ello, se puede mencionar el hallazgo del titular registral de uno de los vehículos utilizados en operativos de la CNU. No es un dato menor: treinta años después, en breve tiempo y mediante una prolija requisa, los jueces pudieron probar que el vehículo pertenecía al Sindicato de la Carne y Afines de la Capital Federal, de íntima y estrecha ligazón con la CNU.
Estremece el relato que los mismos asesinos difundieron sobre los últimos momentos de la vida de María del Carmen Maggi (imágen que encabeza esta nota), Decana de la Facultad de Humanidades y Secretaría General de la Universidad Católica de Mar del Plata, secuestrada por dicho grupo el 9 de mayo de 1975, mofándose que la joven mártir “los perdonaba porque no sabían lo que hacían”.
Quizás, por primera vez en la historia judicial del país, un tribunal argentino considera que el Poder Judicial Federal de aquella época ha incurrido en gravísimas omisiones a la hora de investigar los asesinatos de este grupo paramilitar y reabre la investigación para esclarecerlos.
Igualmente, los jueces dejan en claro que no se investiga a las personas por pertenecer a determinada organización sino por los delitos en que habrían participado, bajo el amparo de la protección estatal. Y así dicen en unos de sus párrafos: “Lo expuesto precedentemente resulta perfectamente aplicable a la magnitud, gravedad e impunidad con la cual se condujeron los autores, cómplices y encubridores de los delitos hasta ahora investigados. El avance de la pesquisa seguramente irá aumentando su número, ya que lamentablemente se desconoce la cifra real de las víctimas de las tristemente célebres Triple A y CNU. La acción penal emergente de tales hechos no se encuentra prescripta como erróneamente sostiene el fiscal general, ni tampoco le corresponde ejercerla a este Tribunal como afirma en su dictamen; por el contrario, en nuestro carácter de funcionarios públicos debemos velar por la realización de una exhaustiva investigación de estos hechos lo que hasta ahora, a pesar de haber transcurrido más de treinta años, no se ha efectivizado. La justicia debe abrirse a las víctimas del terrorismo de Estado, no cerrarse... Debe recordarse que la Corte Suprema de Justicia, in re: “Arancibia Clavel” consideró, con apego a la definición mencionada, que formar parte de una agrupación destinada a perseguir opositores políticos, por medio de homicidios, desaparición forzada de personas y tormentos, con la aquiescencia de funcionarios estatales, constituía delito de lesa humanidad y un atentado al derecho de gentes tal como lo prescribe el artículo 118 de la Constitución Nacional”.
Es indudable que la “CNU” como brazo colateral de la “Triple A” en Mar del Plata, fue un aparato que actuó bajo la protección estatal y esta resolución, después de muchos años, vuelve a poner las cosas en su lugar, remitiendo toda la documentación recopilada por el Tribunal a la Fiscalía Federal, para que se reabran las causas para juzgar a sus integrantes, investigación de la que sin duda alguna surgirán los nombres de otras víctimas y también los de otros victimarios.
Carlos A. Bozzi
Sobreviviente de “La Noche de las Corbatas”
[Imágen: María del Carmen Maggi y Monseñor Pironio]
www.elortiba.org
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