La denuncia imputará al gobierno responsabilidad jurídica por la violación de convenios internacionales
En memoria de Norberto “el tordo” Centeno, Salvador Arestín, Tomás Fresneda, Raúl Alaiz, María de las Mercedes Argañaraz de Fresneda -embarazada de 4 meses-, Néstor García Mantica y María Esther Vázquez de García y Jorge Candelero
Secuestrados y desaparecidos durante “La noche de las corbatas” entre el 6 y el 8 de julio de 1977
El gobierno argentino y su presidente, Mauricio Macri, fueron denunciados el jueves pasado ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por sus sistemáticos ataques a jueces, abogados y las leyes laborales.
Con ese propósito, la Asociación de Abogados Laboralistas (AAL) realizó un acto frente a la oficina porteña de la OIT (Avenida Córdoba 948) para acompañar la denuncia internacional, que formalmente será presentada por la Central de Trabajadores Argentinos Autónoma (CTA-A) y numerosos sindicatos.
La denuncia imputará al gobierno del presidente Macri responsabilidad jurídica por la violación de convenios internacionales a raíz de sus ataques a la Justicia del Trabajo y a los abogados laboralistas, a los que acusó de estar en connivencia para "armar" una "industria del juicio" destinada a "quebrar pequeñas y medianas empresas".
Sobre la avanzada del gobierno sobre los derechos laborales, el presidente de AAL, Matías Cremonte, afirmó: "Me parece importante marcar como hito, o como primer paso de esta avanzada que denunciamos en la OIT sobre los trabajadores, el ataque a la independencia del Poder Judicial con la designación de dos jueces en la Corte Suprema, por decreto de parte del presidente Macri".
"Otro elemento -agregó- fue la reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo, cimentando el terreno con la ficción de la ‘industria del juicio’, ahora encima intentando cargarnos el sayo por el cierre de las pequeñas empresas por los juicios laborales cuando todos sabemos que las empresas cierran por las políticas económicas del país".
La presentación de la denuncia ante la OIT es el resultado del consenso alcanzado entre más de 50 sindicatos en un acto realizado el pasado jueves 6 en el Hotel Bauen.
Además de esta nueva denuncia, AAL presentó otras dos en el plano internacional: una frente a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y otra ante el Alto Comisionado por la defensa de los Derechos Humanos, además de requerir una audiencia pública a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La serie de fallos contra los derechos laborales
La violación abierta de la Ley de paritarias, como en el caso de la negativa a discutir la paritaria nacional docente, o a firmar el acuerdo bancario, o la pretensión de imponer tope a la negociación de aumentos salariales, constituye una conducta extremadamente autoritaria del gobierno de Cambiemos que se inscribe en este marco. Otros ejemplos de lo mismo son el desconocimiento del derecho de huelga y las políticas de represión desatadas contra los trabajadores en conflicto. La prepotencia usada contra la clase trabajadora, como en el reciente caso del paro de transporte en Córdoba o en el violento desalojo de PepsiCo, son expresiones directas de la sumisión absoluta a los grupos de poder, cuando no de la complicidad de clase.
La insólita pretensión del gobierno de la provincia de Córdoba de sancionar una ley limitando el derecho de huelga en el transporte como servicio esencial, en abierta violación de la Ley 25.877, el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional y la normativa de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), es otra muestra de las prácticas de impunidad inherentes a los intereses del poder económico.
El vaciamiento intencional del fuero laboral (ya comenzado en gestiones anteriores, pero ahora profundizado más que nunca), sin presupuesto, estructura, empleados ni jueces (32 juzgados vacantes sobre un total de 80), confirma la ofensiva integral por la que se pretende legitimar este proceso.
El pedido de juicio político a cada juez del trabajo que se atreve a resolver de acuerdo a las garantías constitucionales conforma otra grotesca forma de disciplinamiento. Basten de ejemplo las infames acusaciones a jueces como Luis Rafaghelli, Enrique Arias Gibert, Dora Temis, y otros que antepusieron sus legítimas convicciones como hombres y mujeres del derecho por sobre las amenazas y presiones recibidas.
La disparatada acusación a Héctor Recalde, y a los abogados laboralistas en general, pretendiendo ensuciarlos como mafiosos, constituye también una forma burda de deslegitimación y de ocultamiento de la violación masiva y reiterada de las leyes del trabajo por parte de poderosos grupos empresarios.
El Gobierno puso un obstáculo más para la realización de juicios por accidentes de trabajo. A la controversia que suscitó en el ámbito judicial la sanción de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo, la cartera laboral sumó un bloqueo administrativo.
El nuevo obstáculo quedó al descubierto en una comunicación interna del Director general de Relaciones Individuales del Ministerio de Trabajo, Omar Nills Yasin, a los funcionarios del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Seclo), un organismo que funciona como paso obligatorio previo a cualquier demanda en el fuero laboral. El texto prohíbe a los conciliadores abrir expedientes con fecha posterior al 1 de marzo pasado (en teoría, desde la vigencia de la Ley 27.348, sobre Accidentes del trabajo).
El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, cuestionó la comunicación interna por entender que "apunta a obstaculizar el acceso a la Justicia" de los trabajadores que sufrieron un accidente y planean iniciar una demanda para reclamar una reparación.
"El procedimiento de la Justicia laboral obliga, antes de iniciar una demanda, a acudir al Seclo. Lo que hace esta comunicación es prohibirles a los conciliadores tomar audiencias y entregar actas. En todo caso deberían formalizar que ya no es más requisito pasar por el Seclo porque de lo contrario, esto es un obstáculo añadido a las propias comisiones médicas para acceder a la Justicia", precisó Cremonte.
Complicidad de la Corte Suprema
La Corte Suprema ha decidido acompañar al gobierno de Mauricio Macri en su diatriba contra los jueces del trabajo, los abogados laboralistas y contra los derechos laborales en general y la ofensiva hacia los sectores sindicales que no son sumisos respecto del poder político.
El Tribunal hizo explícita su posición al darle difusión a un fallo que obliga a un trabajador que perdió una demanda por un accidente laboral a pagar las costas del juicio. Se convirtió en el último eslabón de un camino regresivo, marcado por sentencias que recortan derechos laborales.
La nueva Corte que se terminó de constituir con Cambiemos, firma sentencias en favor de las empresas, de las ART y del modelo actual de Estado empresario que multiplica despidos, mientras pulveriza las conquistas laborales.
La Corte eligió una semana peculiar para difundir su decisión de hacerle pagar las costas de un juicio a un trabajador, Enrique López (cuando, además, lo habitual es que se repartan con el empleador o que prime el criterio de que los juicios laborales no deben acarrear gastos para el empleado). Un día antes, un juez federal con competencia penal, Marcelo Martínez de Giorgi, había decidido intervenir el sindicato de Canillitas y procesar a su hasta entonces titular, Omar Plaini. Es el cuarto sindicato intervenido en los últimos tiempos.
La sentencia contra López (firmada por todos los supremos menos Horacio Rosatti) es una de las pocas que la Corte difundió en los últimos tiempos, después del mal trago del fallo del 2×1. Ignacio Funes de Rioja, socio de Funes de Rioja & Asociados, coincidió en que el fallo no era “novedoso” pero señaló que sí era “relevante”.
Funes de Rioja dijo que le parecía “muy bien que la Corte intervenga para modificar un fallo de segunda instancia que era a todas luces arbitrario. Lo que hizo la Corte es lo normal, lo que no era normal era el fallo de la Cámara. No sé si es un mensaje político, pero sí creo que es un buen fallo de la Corte”.
“Y si fue un mensaje, creo que es un buen mensaje, en línea con la seguridad jurídica y con la necesidad de que, sobre la base de reglas claras, se puedan atraer las inversiones necesarias para crear empleo”, completó. La partitura de fondo es del presidente Mauricio Macri, que teoriza que cuando un trabajador hace juicio perjudica a otros y alimenta una supuesta industria del juicio que, además, desalienta inversiones. Exactamente lo contrario del espíritu con el que sentenció la Corte de 2004 cuando, por ejemplo, declaró inconstitucional el mecanismo para el cálculo de las indemnizaciones, que resultaba inequitativo porque se calculaba sobre un promedio basado en el salario de convenio, no en el de cada trabajador.
El mayor problema de las pymes es el costo de las ART, que en un contexto de crisis económica muchas veces se vuelve imposible de afrontar y quedan obligadas a sumir el riesgo de no contar con la cobertura. Por eso cuando el Presidente denuncia genéricamente mafias, lo que en verdad busca es crear una cortina de humo que confunda los motivos de la destrucción de empleo que se registra en el último año y medio, especialmente en el sector industrial.
Corte Suprema: Antes y después
Es importante repasar qué hizo la Corte anterior en materia laboral para poder entender la parábola que trazaron sus decisiones con el correr del tiempo hasta ajustarse al escenario político actual. En 2004, los Supremos declararon la inconstitucionalidad de la Ley de Riesgos de Trabajo; en 2009 declararon inconstitucional el despido de una delegada del Hospital Naval que pertenecía a un sindicato sin personería; en la misma línea declaró inconstitucionales los tramos de la Ley de asociaciones sindicales que impiden participar como delegados a los trabajadores que no estén afiliados a una organización con personería, una sentencia a favor de la libertad sindical.
Empleados que facturan. La regresión empezó poco antes del cambio de gobierno, en 2015. Dos fallos eran reclamos de dos anestesiólogos del Hospital Italiano que habían sido desvinculados y no reconocidos como empleados porque facturaban como autónomos, igual que muchos médicos de la institución. La Cámara Laboral los había reconocido como empleados. Lo que dice la Ley de contrato de trabajo es que si el demandante prueba sus prestaciones como empleado, la empresa tiene que demostrar que no lo es. La Corte cambió la interpretación y sostuvo que se probó que eran médicos independientes que facturaban a través de una asociación de anestesiólogos. No les reconoció la relación de dependencia. Firmaron Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
Riesgos de trabajo. Una sentencia de 2014, conocida como Urquiza, dijo que los reclamos contra las ART son acciones civiles y deben tramitar en la justicia civil en lugar de la laboral. El problema es que es un fuero que maneja principios distintos, exige otro tipo de pruebas y los trabajadores deben pagar tasa de justicia. Firmaron Highton, Maqueda y Raúl Zaffaroni.
Libertad sindical. En febrero de 2016 la Corte empezó a restringir la protección a los delegados sindicales que años antes había ampliado en los casos de ATE y el Hospital Naval. Esta vez le negó la reinstalación en su cargo a Andrea De Caso tras haber sido despedida cuando estaba en plena postulación para un cargo sindical en la Unión de Trabajadores Hoteleros. Firmaron Lorenzetti, Highton y Maqueda.
Edad jubilatoria judicial. El fallo que interpreta que los jueces, según la Constitución de 1994, deben jubilarse a los 75 a menos que obtengan acuerdo del Senado por 5 años más tiene características de un fallo laboral, según interpretan los laboralistas. Pero en este caso el problema no sería el fallo (firmado por Lorenzetti, Maqueda y Rosatti) sino la “doble vara”. La sentencia fue para que el ex camarista Leopoldo Schiffrin renuncie, pero se empezó a aplicar a otros jueces. A quien no se aplicó fue a Highton, la jueza de la Corte que consiguió una cautelar a su favor en primera instancia y logró que el Gobierno habilitara su permanencia.
Huelgas. El 7 de junio de 2016 la Corte sentenció (votos de Lorenzetti, Highton y Maqueda) que sólo los gremios pueden promover una huelga pero no pueden hacerlo grupos informales de trabajadores. Rechazó así el reclamo de un empleado del Correo que no estaba afiliado a ningún gremio pero que tomó medidas de fuerza y fue despedido. Previo a la sentencia se hizo una audiencia pública; fue antes del cambio de Gobierno.
Accidentes. La Corte (otra vez Lorenzetti, Highton y Maqueda) resolvió el mismo 7 de junio del año pasado que el reajuste de las indemnizaciones por accidentes de trabajo que dispuso la ley 26.773 sólo se aplica a accidentes y enfermedades posteriores a noviembre de 2012, cuando sancionó el nuevo sistema. La Cámara laboral había dicho que se podía utilizar para hechos anteriores. El alto tribunal hizo una interpretación restrictiva en favor de la economía de las ART.
Despidos estatales. Los miles de despidos en el Estado se perfilaron desde los inicios del gobierno de Macri como uno de los grandes asuntos en puerta que se deberían dirimir en el fuero del trabajo. En noviembre de 2016 la Corte suspendió una sentencia de la Cámara laboral y ordenó sacar de sus puestos a cuatro empleadas de planta de Lotería Nacional que habían sido reincorporadas (otra vez firmaron Lorenzetti, Maqueda y Highton). A fines de febrero pasado, el tribunal rechazó un planteo de ocho empleados contratados despedidos de la Afsca. La Cámara laboral había considerado que eran despidos discriminatorios, por tratarse de trabajadores afiliados a Nuevo Encuentro. La Corte resolvió que el caso debe tramitar en el fuero contencioso administrativo, que no tiene reglas ni mecanismos de protección para los trabajadores. El mismo día, el Gobierno denunciaba a los camaristas laborales que avalaron la paritaria bancaria del 24 %. Empezaba la guerra explícita del Gobierno con los jueces del trabajo.
“La industria del juicio no existe”
Así se titula el comunicado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), que “asiste azorado ante un nuevo ataque a nuestra noble profesión”. La entidad presidida por Jorge Rizzo entiende que, en lugar de cambio, hay una continuidad de parte del Poder Ejecutivo a la hora de agredir a los letrados. Antes eran los abogados previsionales y los llamados caranchos”, que justificaron la reforma de la Ley de Riesgos del Trabajo del año 2012, ahora son nuevamente los laboralistas. Para el CPACF el objetivo detrás de este discurso es otro: “se intenta una peligrosa regresión en materia de política laboral a los nefastos años 90”.
El CPACF dice también estar “absorto” ante los “apoyos indiscriminados a violaciones constitucionales y/o derechos de los Trabajadores”, de ciertos colegas que nada dijeron sobre casos de gravedad como lo ocurrido con el fallo de la Corte Suprema que beneficia a condenados por delitos de lesa humanidad “. “Algunos de ellos, de manera descarada dicen representar a colegas, pero en realidad solo cuidan los intereses de sus clientes, los grandes grupos económicos y, en este caso puntual las ART o las empresas concesionarias de Servicios Públicos en su caso”, denuncia el Colegio.
Señalan que el diagnóstico es errado y que el problema con la “mal llamada industria del juicio” es que la mayoría de las empresas no cumple con sus obligaciones legales y eso da lugar a los reclamos ante los Tribunales Laborales, que fallan a favor del trabajador porque simplemente acreditan esas fallas.
“No existe en la Argentina real una política, ni controles en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo, léase que no hay una verdadera prevención sino un mero interés de las empresas de pagar lo menos posible, sin importar realmente el cuidado de la vida y/o la salud de los trabajadores”, denuncia el comunicado.
“Evidentemente resulta mucho más económico para las empresas insultar a los trabajadores de la Abogacía en vez de realizar las inversiones necesarias para prevenir los riesgos así como las necesarias para la erradicación legal del trabajo en negro”, añade el texto, que también cuenta con la firma del secretario General de la institución, Pablo Dameschik.
En Córdoba tampoco se quedaron callados. El Colegio de Abogados también se pronunció en contra de los dichos del Presidente, reprochándole que, si tiene conocimiento de esa “mafia” de jueces y abogados, que vaya a la Justicia y lo denuncie, en lugar de “agraviar al conjunto de los abogados”.
El Colegio cordobés rechaza ese “ataque generalizado” así como la atribución de responsabilidad por “el cierre de PYMES, generación de juicios laborales infundados y destrucción de fuentes de empleo futuras”.
“Creemos indispensable que de tener el Sr. Presidente conocimiento de la comisión de hechos delictivos por parte de abogados y/o magistrados del fuero laboral, formule las denuncias correspondientes, sin tender un manto de sospecha sobre todos los abogados litigantes del fuero del trabajo”, consigna el comunicado.
La Justicia Laboral de Rosario tiene demoras de más de 16 meses para fijar audiencias. Así lo manifestó la Asociación de Abogados Laboralistas. Los letrados aseguran que la solución está en sumar juzgados. "En Rosario y Gran Rosario tenemos un polo obrero grandísimo y solo diez juzgados laborales, con poco personal", advirtieron. Ello, significa "uno por cada 123.000 habitantes; cuando en Córdoba, esa tasa es de uno cada 40.000", ejemplificaron. Incluso, plantearon que "los trabajadores no le ven en su vida la cara al juez. La primera audiencia demora entre 7 y 16 meses, dependiendo del juzgado; pero en promedio, hoy se están fijando audiencias para mayo o junio de 2018. Hay mucha gente que después de un año ya no quiere saber nada".
Apoyo del sector empresario
Desde la cúpula de la Unión Industrial Argentina (UIA), se concordó con el discurso de Macri. Daniel Funes de Rioja, abogado de empresas y vicepresidente de la institución, calificó de “perverso” el sistema por el cual se resuelven los conflictos del derecho del Trabajo.
Funes de Rioja señaló que el sistema “ha generado profundas deformaciones tanto en el campo de los riesgos de trabajo, donde los accidentes de los días lunes o el reclamo por incapacidades son muchos mayores que los instaurados a nivel internacional y generan una industria del juicio que es innegable”.
El letrado coincidió también en el hecho de que las principales afectadas por este contexto son las pequeñas empresas, que “no aguantan”.
“Si tienen cinco empleados, uno las termina. Y además no contratan. Ahora que Argentina vuelve a conectarse con el mundo, la preocupación principal por quienes quieren invertir es el tema de los juicios porque no hay un sistema claro sino que hay muchos atajos para la industria del juicio”, sintetizó Funes de Rioja.
El largo camino a los juicios laborales
Son varios los caminos para llegar a juicio, pero ninguno es placentero. Y por lo demás, tampoco es que el camino sea demasiado llano. La prescripción de los créditos laborales es de dos años, demasiado breve si se toman en cuenta incumplimientos patronales de larga data. Pero además, el sistema somete al trabajador a una instancia previa de conciliación en la que, tentado por la necesidad, tal vez opte por aceptar lo primero que ofrezca la empresa demandada.
Es decir: la vía judicial es utilizada por el trabajador luego de haber soportado el abuso empresarial. Llega a los tribunales aquél que puede, y no todos los que deberían.
Aquel que trabaja sin estar registrado, que cobra menos de lo que prevé el convenio o que es acreedor de horas extras impagas sabe que será despedido si reclama. Por eso la enorme mayoría de los trabajadores sólo reclaman cuando la relación se terminó, cuando ya no hay posibilidad de ser despedido como represalia por quejarse. El sistema legal-judicial cuestionado por el gobierno se basa en algunos principios fundamentales. Pero ninguno de ellos toma como sujeto damnificado al empleador. Y ello es obvio por varias razones: en primer lugar porque la propia Constitución indica que las leyes laborales deben dictarse para proteger al trabajador, pero además porque el único que está en condiciones de causar un daño cierto a la contraparte es, precisamente, el empresario. El trabajador, de forma individual, ni siquiera cuenta con la herramienta de la huelga, reservada por norma básica a los gremios.
La legislación laboral que hoy se cuestiona es, en suma, un compendio de condiciones que intentan limitar el abuso empresarial. Sin ley, o con leyes flexibles, hay abuso. Y los reclamos en sede judicial se dan fundamentalmente por incumplimiento de las obligaciones a cargo del empleador.
El sistema judicial no es una antojadiza invención contra las empresas, sino la consecuencia del propio incumplimiento patronal. Si fuese por rigurosidad jurídica, valdría entonces agregar que desde 1957 los empresarios argentinos quebrantan la manda constitucional de repartir sus ganancias entre el personal. Pero de ello nadie se queja.
Lo que se cuestiona desde el empresariado, de hecho, no es tanto la pericia de los abogados laboralistas ni la interpretación de algunos magistrados, sino las normas que sostienen ese régimen protector: molesta que las normas y las pruebas deban entenderse en el sentido más favorable al trabajador, irrita que en caso de duda se aplique la norma más benigna para el operario, indigna que los obreros no puedan renunciar a sus derechos, que no se los pueda despedir sin causa, que no se puedan alterar condiciones esenciales del contrato, que esté multado el fraude laboral. Fastidia, en suma, el sentido de las propias leyes, que constituyen el fondo del debate.
Los datos vs la “teoría” de Macri
Durante 2016 las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) no solo mejoraron su facturación sino que apenas el 19 % de los siniestros registrados llegaron al fuero laboral y, por si fuera poco, estos representan solo el 1 % de los trabajadores registrados. A esas conclusiones llegó una investigación realizada por el centro de estudios Atenea. Por lo tanto, según demuestra el informe, la denuncia del presidente Mauricio Macri referida a la existencia de “mafias laborales” que hacen colapsar los tribunales está más relacionada con la reinstalación de la flexibilización laboral que con la defensa de los derechos del trabajador.
El trabajo detalla que la Unión de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (UART) reconoció que las compañías de seguro recibieron durante el año pasado unas 127.503 demandas. Si bien la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) –el organismo que las controla– registró unas 10 mil demandas menos, señalan “el alza extraordinaria de juicios de fines del año pasado, en donde los trabajadores iniciaron sus reclamos previendo la reforma de la Ley de Riesgos de Trabajo”, algo que finalmente se concretó en febrero pasado.
Hasta ahora la SRT no publicó la cantidad de accidentes laborales ocurridos durante 2016 pero los especialistas del centro de estudios Atenea, que conduce Damián Ledesma, indican que “de haberse mantenido el promedio de accidentes de 2013, 2014 y 2015 (unos 664.986) y tomando en cuenta la cantidad de juicios publicados por la UART, se concluye que solo el 19 % de los accidentes de trabajo llegan a juicio”. Es más, si se considera el universo de trabajadores registrados en las ART, casi 10 millones, “las demandas presentadas representan sólo el 1 % de los trabajadores cubiertos por el Sistema de Riesgos de Trabajo”. En rigor, el supuesto colapso de los tribunales laborales no es tal.
Incluso, afirma el estudio que durante el pasado año “un conjunto de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, representativas del total del sector, obtuvieron un resultado positivo que asciende a los $ 9.500 millones, con una alza interanual del 41 %”. Todos estos datos fueron recabados por Atenea de los estados contables que publica justamente la Superintendencia de Seguros de la Nación. Se trata de “once compañías que concentran el 83 % de los trabajadores cubiertos del sistema. Los números muestran que, lejos de quebrar, estas empresas han consolidado su posición económica y financiera”.
A comienzos de este año el gobierno de Cambiemos avanzó sobre la Ley de Riesgos de Trabajo a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 54/17), que retocaba aspectos vitales de la Ley de Riesgos del Trabajo. Los cuestionamientos no se hicieron esperar y se centraron en la reinstalación de artículos que habían sido declarados inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia. Ante ello, la administración remitió un proyecto de ley mediante convocatoria a sesiones extraordinarias donde se terminó convirtiendo en ley. Para Atenea, “el nuevo régimen fue el primer triunfo legislativo de la flexibilización laboral”.
La afirmación se sostiene en la imposición de la obligatoriedad, por parte del trabajador que sufrió un accidente laboral, de realizar el trámite ante las comisiones médicas. Entonces, la trampa, si se quiere, está en que la norma prevé que si el trabajador accede al trámite administrativo de las comisiones médicas y aún así recurre al reclamo judicial “no podrá cobrar la suma que eventualmente se le reconozca en sede administrativa” por lo que, a diferencia de lo que sucedía antes, “ya no podrá tomar la indemnización como pago a cuenta, forzando el desaliento del reclamo”. Si bien la norma prevé que el trabajador acuda con un abogado a realizar el trámite, las comisiones médicas sustituyen a los jueces naturales, y siguen constituidas por médicos (y no por expertos en derecho). El estudio sostiene que la necesidad de reformar esta ley es lo que provocó que “el Poder Ejecutivo instalara la consigna del colapso del sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo, provocado por la supuesta ‘industria (mafiosa) del juicio’”.
Ahora bien y según lo que prevé la Constitución Nacional, las provincias deben adherirse a esta reforma legislativa. Esto provocó que exista lo que Atenea definió como “la carencia de comisiones médicas” en el territorio argentino, lo que provoca no pocos inconvenientes a la hora hacer operativa la ley, “obligando a los trabajadores a trasladarse varios kilómetros para iniciar un reclamo”.
Pero, además, hay otro tipo de complicaciones para el funcionamiento pleno de la norma. Por ejemplo, la gobernadora María Eugenia Vidal busca aplicar esta ley. Según el estudio de Atenea, el Frente Renovador presentó un proyecto de adhesión que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados bonaerense. Sin embargo, el Senado local lo rechazó a instancias del Frente para la Victoria, que contó con el respaldo de las centrales obreras y los colegios de abogados. “Es decir que en provincia de Buenos Aires, actualmente, el trabajador tiene libre acceso a la Justicia”, afirmó el estudio.
En Córdoba, en tanto, al rechazo a la ley nacional le agregaron además un nuevo formato, al determinar que el procedimiento previo ante las comisiones médicas “será obligatorio en tanto efectivamente se creen estas comisiones en cada jurisdicción” y, a la vez, habilita la posibilidad de que el trabajador “cobre el crédito reconocido en trámite administrativo y pueda ir a juicio tomándose como pago a cuenta” que la norma nacional hoy prohíbe.
“No hay industria del juicio, hay industriales que no quieren justicia para los trabajadores”
Néstor Pitrola, candidato a senador por la Provincia de Buenos Aires del Frente de Izquierda, se refirió a la resolución de la Corte Suprema de Justicia Nacional de imponer los costos del juicio al trabajador cuya demanda laboral ha sido rechazada.
"El fallo y la campaña mediática que la acompaña busca generar un amedrentamiento entre los trabajadores, para que teman iniciar la instancia judicial, último recurso en defensa de sus derechos. Va en la línea que viene reclamando el gobierno, que prepara una nueva reforma laboral flexibilizadora para después de las elecciones. La ley de ART y la campaña patronal para que los trabajadores desistan de enjuiciar a los responsables de sus accidentes laborales, complementa una ofensiva contra los convenios colectivos de trabajo y el conjunto de los derechos laborales, que traerá más precariedad laboral y por lo tanto más accidentes: el “gasto” que quieren ahorrarse. Los propios jueces reconocen en el fallo que resuelven sobre un punto que excede sus atribuciones."
"La campaña contra ´la industria del juicio´ del gobierno va en sintonía con el ajuste que se descarga contra los trabajadores y las recomendaciones de los organismos internacionales como la OCDE. Son los empresarios de la industria, que apoyaron al kirchnerismo y ahora apoyan a Macri, los que no quieren pagar las condiciones de trabajo y seguridad de los trabajadores."
“El papel de la CGT -que acordó la reforma regresiva de la ley de ART y mantiene una tregua vergonzosa con los ajustadores- da cuenta de que la defensa de los trabajadores requiere un relevo urgente de la dirigencia sindical y una nueva dirección en el movimiento obrero”.
“Pero además se suma el ataque a los jueces del fuero laboral, que tiene el propósito de “encuadrar” a los magistrados “rebeldes” que fallan a favor de los trabajadores.
"El Frente de Izquierda, en contraposición a esta orientación, defiende la vida y la salud de los trabajadores, las condiciones de trabajo y, de manera irrestricta, los convenios colectivos de trabajo".
Mario Hernandez
Fuentes: Página 12, LID, Diario BAE, TEL, https://www.tiempoar.com.ar, Resumen Latinoamericano, https://notasperiodismopopular.com.ar, InfoGremiales, Rosario/12, www.ambito.com.
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