Mientras descartaba de plano la convocatoria a una consulta popular para legalizar el aborto –como habían soñado el diputado Lipovetzky y el jefe de los senadores radicales-, el superministro Marcos Peña informó que el aborto podría ser despenalizado para las gestantes a través de la nueva versión de Código Penal que mandarán el 21 de agosto al Congreso.
El Código, explicó, incorporará las causales del Fallo FAL (2012) de la Corte Suprema, que establece que no son punibles ni la gestante ni el médico que practique un aborto si el embarazo es producto de violación –ahora sustituido por “abuso sexual"- o compromete la salud o la vida de la gestante. Ningún avance: son las mismas causales contempladas desde 1921 en el art. 86 inciso 2 del Código Penal.
La importancia del Fallo FAL fue que ratificó que los abortos no punibles solo necesitan el acuerdo del médico y la gestante. Por lo tanto ni hay que pedir autorización judicial ni ningún juez debería meter la nariz. Ya lo establecía el Código de 1921. Pero a partir de que la Argentina firmó el pacto de San José de Costa Rica (Alfonsín, 1984), esto fue desconocido por los consorcios de abogados católicos, los comités de ética y los defensores de menores clericales que apelaron a la justicia para bloquear los abortos no punibles.
Voceros de gobierno arriesgaban que ahora la reforma podría avanzar más allá del artículo 86 y plantear la despenalización completa para todas las mujeres que interrumpan el embarazo (La Nación, 6/8).
Sin embargo, Mariano Borinsky, presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal, relativizó los alcances libertarios del anteproyecto. “Sigue vigente la posibilidad de que esto sea un delito, pero con una serie de excepciones que contemplen las posiciones antagónicas que están en juego”, explicó.
En los casos de abortos punibles la “decisión final” sobre la penalización de la mujer “quedará a criterio del juez que intervenga en cada caso (…)”. De este modo “se prevé la posibilidad de que el juez disponga que la pena de prisión –que podrá ser de 1 a 3 años- se deje en suspenso o que la exima de ella, teniendo en cuenta los motivos que la impulsaron a cometer el hecho y su naturaleza, su actitud posterior y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad".
Algo que vuelve la modificación una absoluta cortina de humo es que el nuevo Código “mantiene la penalización a los médicos que practiquen las operaciones”. Y se agregan castigos por “las lesiones ocasionadas a la persona por nacer”.
En primer lugar, si los médicos dispuestos a hacer abortos son penalizados, la práctica se mantiene en la clandestinidad y sigue reservada a las mujeres que puedan pagarla, ya que no se puede llevar a cabo en el hospital público, de forma gratuita.
En segundo lugar, la “despenalización” macrista –como se detalla más arriba- no supera las causales del Código de 1921, considerado de los más permisivos de la época.
Pero ni siquiera alcanza a la Acordada Natividad Frías –sancionado por el pleno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en agosto de 1966, durante la dictadura de Onganía. La Acordada “imponía el sobreseimiento automático de una mujer que habiendo practicado o dejado practicar el aborto de su hijo concurría a un centro de salud a fin de atenderse de alguna secuela de dicha práctica”. El objetivo de los jueces del Onganiato era que la mujer no postergara el pedido de ayuda médica por miedo a la denuncia. Cambiemos no llega a tanto.
Las razones de tamaña agachada las da el mismo Borinsky: no se redactó una despenalización lisa y llana porque "se chocaría con normas constitucionales y pactos internacionales a los que adhiere la Argentina", agrega Clarín (9/8).
Miente: casi todos los países que tienen aborto legal son signatarios de los pactos. Donde no mienten es en las normas “constitucionales” porque allí se incluye el Código Civil de 2013 (gobierno de Cristina Kirchner) que “confirmó” que la vida humana comienza con la concepción, un regalo exquisito de CFK al papa.
La legalidad del aborto será arrancada cuando las mujeres y la juventud se lo impongan a timoratos y clericales, convirtiendo sus textos “constitucionales” en papel mojado.
Olga Cristóbal
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