jueves, 29 de agosto de 2013

La corte, el gobierno, clarín y los medios comunitarios, alternativos y populares

Luego de muchas idas y vueltas judiciales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver si cuatro artículos (41, 161 en su totalidad y 45, 48 parcialmente) de la ley de medios son constitucionales o no para aplicárselos al grupo Clarín.
La decisión de la Corte, ya sea a favor de la validez o por la inconstitucionalidad de esos artículos, no comprende al resto de la ley aprobada por el Congreso, que continúa vigente y aplicable desde su promulgación.
La aclaración vale para entender que no está en juego –nunca lo estuvo- toda la ley ni tampoco la aplicación integral de la misma para el resto de los actores, dentro de los cuales hay otros grupos oligopólicos que ya han presentado sus planes de adecuación a la ley (en general son propuestas de transferencias interfamiliares más que adecuaciones al espíritu de la norma). Esto es así por cuanto las acciones ante la Justicia han sido interpuestas solamente por el grupo Clarín.
La audiencia pública informativa, convocada por el máximo tribunal para el próximo 28 de agosto - como paso previo a su fallo-, permitirá que cinco amicus curiae del Gobierno Nacional y cinco del grupo Clarín esgriman sus argumentos a favor y en contra de la constitucionalidad de los artículos. Si el fallo es por la inconstitucionalidad, sólo alcanzará al Grupo Clarín en cuanto a la aplicación de los cuatro artículos. Los otros grupos deberán cumplir con la ley salvo que también inicien acciones legales. Sin embargo, de ser el fallo a favor de Clarín se podría suponer que la AFSCA no avanzaría en la desinversión con los demás grupos concentrados de medios.

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