viernes, 8 de enero de 2010

Archivos de la represión que ya no guardan secretos


La Presidenta decretó la apertura de toda “la información y documentación vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas” en el período 1976-1983. La desclasificación sólo excluye material relacionado con la guerra de Malvinas y conflictos entre Estados.

El Poder Ejecutivo decretó la desclasificación de toda “la información y documentación vinculada con el accionar de las Fuerzas Armadas” durante la última dictadura militar. Pese a que gran cantidad de la documentación ya estaba en manos de los jueces que llevan adelante las causas contra los represores, hasta ahora hacía falta en cada caso un decreto que autorizara la desclasificación y legalizara su uso. El decreto 4 de 2010, publicado ayer en el Boletín Oficial, elimina esa instancia. Y abre las puertas de los archivos, además, para quienes manifiesten un interés legítimo por acceder a ellos. Entre otros documentos se hallan los archivos del personal del Batallón 601, uno de los ejes de la represión ilegal, en el que figuran datos de los agentes civiles de inteligencia, la repartición y los alias con los que actuaron.
Entre los considerandos del decreto que lleva la firma de la Presidenta y de los ministros Julio Alak (Justicia) y Nilda Garré (Defensa) se argumenta que la medida fue tomada porque “la información y/o documentación clasificada con carácter no público no estuvo destinada a la protección de intereses legítimos propios de un Estado democrático, sino que, por el contrario, sirvió como medio para ocultar el accionar ilegal de gobierno de facto”.
Pasados más de veinticinco años de reestablecido el Estado democrático, se indica en el decreto, “no es posible seguir consintiendo la inaccesibilidad de tal información y documentación argumentando el carácter de ‘Secreto de Estado’ o cualquier otra clasificación de seguridad que impida el conocimiento de la historia reciente cercenando el derecho de la sociedad a conocer su pasado”.
En diálogo con Página/12, el subsecretario de Derechos Humanos de Nación, Luis Alén, aclara que “no son los archivos que todo el mundo espera ver”. Se refiere a que el material desclasificado no incluye los documentos que siempre se aguardan con listas de los desaparecidos y lugares donde fueron dejados sus cuerpos, datos que se supone fueron destruidos por los militares antes de abandonar el poder. Lo que sí hay entre los documentos ahora accesibles son los datos con la identidad de las personas que actuaron en la represión organizada por el Estado, boletines reservados, partes de condecoraciones, con referencias a una medalla, por ejemplo, que alguien recibió por su participación en determinado hecho.
–¿Referencias a operaciones?
–No, porque no guardaron esos datos. Pero lo que hay permite determinar quién estuvo, cuándo y dónde.
En sus primeros párrafos, el decreto 4/2010 ordena la desclasificación de los archivos comprendidos en el período de 1976 a 1983. Y la documentación producida en otros años, en relación con la represión ilegal. Indica a su vez que podrá ser desclasificada toda la documentación, con excepción de aquella relacionada con un conflicto bélico como la guerra de Malvinas y “cualquier otro conflicto de carácter interestatal”, así como “la información de inteligencia militar estratégica”.
Entre los fundamentos aparecen datos sobre las razones que motivaron la resolución. Un elemento que además puede fijar sus alcances, y también los límites. En el origen se enuncia una medida propuesta por el Ministerio de Defensa, a partir de un pedido del Juzgado Federal 1 de La Plata en la causa por los crímenes cometidos en el centro clandestino de La Cacha, impulsada por el fiscal federal Félix Crous. Señala la reapertura de las causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura que generaron “el requerimiento de una gran cantidad de información y documentación relacionada con el accionar de las Fuerzas Armadas”.
En ese sentido, el objeto de la desclasificación sería “desburocratizar” el avance de las causas judiciales. Porque hasta ahora los jueces debían pedir un decreto presidencial para acceder a los documentos y usarlos como pruebas. El nuevo decreto elimina esa instancia. Los jueces van a poder usar los archivos sin los tiempos que requiere la desclasificación. Pero además blanquea una situación de hecho. La mayor parte de los datos se conocían y se usan en las causas judiciales, pero como la desclasificación sigue en trámite o demora, muchas veces los jueces o los fiscales no pueden usarlos legalmente como pruebas y, si los usan, corren el riesgo de que alguien les haga un planteo de nulidad.
Uno de los temas que más importantes de la desclasificación, según las fuentes consultadas, es el acceso a los datos del Batallón 601, clave en el terrorismo de Estado. “Era uno de los nudos desde donde se estructuró la represión, la punta de una pirámide”, señala Alén. “Desde ahí se organizaron todos los servicios, los grupos de tareas, los blancos, los que decían los interrogatorios, el destino final de las personas, esa modalidad de inteligencia se copió además en cada una de las armas, un esquema que también siguieron las fuerzas de seguridad de las provincias”.
Fuera de eso, el decreto también deja preguntas abiertas. Una de ellas es sobre las fechas. Uno de los impulsores de buena parte de las causas por violaciones a los derechos humanos se pregunta ante este diario por qué el decreto libera documentación sólo del período que data entre 1976 y 1983, dejando fuera archivos como los del Operativo Independencia, la primera incursión militar contra la guerrilla en la provincia de Tucumán, en 1975. Pero el decreto parece dejar abierta una chance para acceder a este tipo de temas. Allí dice “entre 1976 y 1983”, pero aclara que se podrá desclasificar toda la documentación producida en otros años en relación con la represión ilegal. Esta última línea puede ser la puerta de ingreso a los archivos de los años anteriores, pero también fue ayer motivo de debate. Uno de los funcionarios superiores del Ministerio de Justicia dice que no. “El fundamento de este decreto –asegura– son los pedidos de los jueces y por las causas de lesa humanidad que llevan adelante. Está claro que eso es sobre el período de la dictadura militar y obviamente podría ser también sobre años posteriores al ’83, con la idea de que después las Fuerzas Armadas pudieron ocultar información. Más complejo es invocar este decreto por situaciones como la del Operativo Independencia, que deberían dar motivo a otros decretos.”

Alejandra Dandan

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