domingo, 10 de febrero de 2019
Las jubilaciones no son ganancia
Emilio Basavilbaso, el titular de la Anses, defendió este miércoles la medida que elevará el monto de impuesto a las ganancias que pagarán miles de jubilados. Pero las jubilaciones y los salarios no son ganancia. El Defensor de la Tercera edad consideró que la medida es “inconstitucional”.
El oficialismo encontró una nueva manera de extraerle más plata a jubilados y jubiladas: a través de un cambio en el cobro del impuesto a las ganancias. Los afectados serán quienes perciban más de un beneficio, en general una jubilación y una pensión (usualmente por fallecimiento).
Esto será así en principio por una resolución interna de la Anses, que si bien formalmente no modifica la ley, sí tiene efectos importantes sobre la misma. De hecho, muchos jubilados ya comprobaron que tienen descuentos en el cobro de sus haberes de enero.
A raíz de los reclamos crecientes de los beneficiarios afectados, la Anses admitió esta semana que el 2 de enero pasado, a través de un Circular Interna ( DP N° 01/19), para el cálculo de la retención de Ganancias, resolvió sumar los haberes de todos los beneficios de cada titular y practicar la retención sobre la suma total.
¿“Más justo”?
El titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Emilio Basavilbaso, afirmó ayer en una entrevista radial que dicho cambio es "más justo": "Lo que hicimos fue ser más justos; si hay un jubilado que tiene dos beneficios y otros no, pusimos a todos en igualdad de condiciones".
Basavilbaso detalló que efectivamente "antes, para determinar si los jubilados debían pagar o no (el impuesto a las Ganancias) se tenían en cuenta el monto del beneficio individual", pero ahora, desde enero, "si un jubilado cobra también una pensión y la suma supera el monto de $ 55.800 empieza a tributar".
Por su parte, el Defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino}, señaló que desde su área harán una presentación judicial para evitar la aplicación de esta decisión, dado que la "resolución hace una interpretación de la ley". El especialista entiende que esta medida tendrá también una consecuencia en el aumento de litigios.
Agregó que "el haber jubilatorio no es ganancia", y que se caerá en una "doble imposición" si el jubilado ya tuvo descuentos por este impuesto sobre sus ingresos antes de retirarse. Asimismo, en otro medio agregó que “es un absurdo que un jubilado que cobra 55 mil pesos tenga que contratar a un contador para que le haga las deducciones del impuesto a las Ganancias".
Promesas inclumplidas y más: sigue el saqueo
Por su parte, el abogado previsionalista Miguel Fernández Pastor recordó que en 2015 unos 117.000 jubilados pagaban el impuesto a las Ganancias y que esa cifra llega hoy casi a 273.000. "Con este cambio se sumarán otras 50.000 y podría incrementarse más a partir de marzo cuando se aplique la actualización prevista en los haberes previsionales", advirtió.
El experto afirmó que el objetivo central de este cambio es "recaudatorio" y recordó que una de las promesas en campaña del presidente Mauricio Macri fue precisamente que ningún trabajador pagaría el impuesto.
"Lamentablemente es otra promesa incumplida, otra de las tantas. Forma parte de una política constante de este gobierno: ajustar sobre los sectores más débiles. Sacan plata al sistema de seguridad social para enviarlo al sistema financiero", concluyó.
De hecho, la circular interna "perdida" de Anses, pero que no pasó desapercibida como quizás esperaban, no es una medida casual ni aislada. El principal objetivo del gobierno es aumentar la recaudación con el fin de satisfacer las exigencias de pago del capital financiero internacional (en especial el de su vocero, el Fondo Monetario Internacional). De igual forma, la "reducción del déficit" tiene como otro polo el ajuste feroz en el gasto, con consecuencias severas como despidos, reducción salarial, tarifazos y un enorme freno a la actividad económica.
El ente recaudador, la AFIP, está elevando la presión fiscal y la fiscalización sobre los trabajadores, jubilados y quienes menos tienen en forma inversamente proporcional a la disminución real de sus arcas. Los últimos informes muestran un problema agudo con la inflación: en 2018 la recaudación tributaria en 2018 estuvo casi 12 puntos por debajo del ritmo inflacionario y el primer informe de enero de 2019 no fue mejor.
Pero poco se fiscaliza sobre los verdaderos evasores, los grandes "contribuyentes", los ladrones de guante blanco, quienes contratan un ejército de contadores y abogados para eludir sus obligaciones con el fisco. No sólo eso, el gobierno de los CEO fue impecable en su trabajo de premiar con blanqueos, desgravaciones y reducción de impuestos a los principales evasores y fugadores del país. Sin ir más lejos, la ley de reforma tributaria de diciembre de 2017 se focalizó en lograr ese objetivo, sumándose a la disminución de retenciones a las exportaciones y otros beneficios alcanzados previamente para las patronales.
No se tocó allí ni el más regresivo de los impuestos, el que se aplica sobre el valor agregado (IVA), ni la prometida eliminación por el propio Mauricio Macri del "impuesto al salario", es decir, del impuesto a las ganancias aplicado sobre la "cuarta categoría".
Esta categoría se denomina en la respectiva ley como "ingresos del trabajo personal en relación de dependencia y otras rentas", mostrando desde el vamos la contradicción de aplicar un impuesto sobre las ganancias (es decir, el excedente obtenido del trabajo no pago a los obreros) a un ingreso (el salario) que se remunera directamente al trabajador para que pueda obtener, en teoría, los medios necesarios para vivir y reproducir sus condiciones de existencia. El salario, por definición, no es ganancia ya que es un ingreso no se obtiene de la explotación del trabajo ajeno sino que expresa, precisamente, la propia explotación sufrida por quien lo recibe.
Las jubilaciones, que están incluidas debidamente en la cuarta categoría por ser "ingresos del trabajo personal" tampoco son ganancia por el mismo motivo, ya que las mismas son efectivamente una parte del salario que se "difiere" para los años de retiro.
Según los últimos datos disponibles aumentaron los trabajadores que pagan el impuesto. En la actualidad paga aproximadamente el 20 % de los asalariados mientras que en el 2015 representaba el 13 %, según un informe de Iaraf. Se trata así de unas 700 mil personas que se sumaron al grupo de los que tributan el impuesto a las ganancias.
Esto se logró mediante un retraso en el ritmo de actualización de las escalas y del mínimo no imponible en un contexto de alta inflación. Para muchas personas en relación de dependencia el incremento salarial, que fue muy bajo en 2018 en relación con el nivel de vida, se verá empeorado porque implicará también comenzar a pagar el impuesto.
A quienes afecta el cambio en el cobro de ganancias
Hasta ahora, si un jubilado percibía dos o más beneficios y por no superaban el mínimo no imponible de los jubilados de $ 55.804, la ANSES no practicaba las retenciones del impuesto a las ganancias.
A partir de ahora, el cobro se va a hacer por número de CUIL, es decir, por cada beneficiario y no por cada beneficio. Si la suma de ambos supera el límite, se le va a cobrar el impuesto.
Hasta el año pasado los sistemas funcionaban de forma autodeclarativa, es decir, la Anses no podía hacer la cuenta sobre todos los beneficios que cobrara un titular y no tenía forma de "obligarlos", dependía de que el trámite lo hiciera cada jubilado. Una actualización técnica ahora le permitirá hacer ese proceso automáticamente.
Un caso típico de una persona que perciba dos beneficios es aquel que tenga una jubilación y también le corresponda por fallecimiento de cónyuge una pensión.
De acuerdo a los datos oficiales, al segundo trimestre de 2018 había 5.665.749 beneficiarios de jubilaciones y pensiones en el ANSES, de los cuales un 20 % recibía jubilación y pensión (1,1 millones).
Sin embargo, no todos están alcanzados por el impuesto porque deben superar el mínimo no imponible (de seis jubilaciones mínimas en el caso de los jubilados), pero se cree que muchos más jubilados comenzarán a pagar a partir de esta nueva fórmula de cálculo.
El tributarista Federico de Luca explicó a ámbito.com que “el cambio radical de esta circular se da en el sentido de la retención de ganancias mensual”.
“Hasta ahora, Anses tomaba cada beneficio que percibía un beneficiario en forma particular por lo que, si ninguna de las cifras superaba el tope de la ley para comenzar a tributar el impuesto, no se le descontaba nada, y era el beneficiario quien debía autodeterminarse el impuesto que le correspondía y abonarlo, a través de la Declaración Jurada anual del Impuesto a las Ganancias”, explicó.
En 2017 se cambió la manera de determinar el mínimo no imponible para las jubilaciones. Antes era igual al de los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin hijos. Ahora equivale a seis jubilaciones mínimas.
Concretamente cuando se superen los $ 55.854, entra a regir la misma tabla de alícuotas progresivas que para los trabajadores activos. Es decir que cuanto más se exceda, más alta será el porcentaje que pagan.
De Luca añadió que “podrán gozar de la deducción especial para jubilados quienes no reciban ingresos de otras fuentes (como ser sueldos, alquileres, dividendos, etc.) y no estar alcanzados por el impuesto sobre los Bienes Personales”.
Lucía Ruiz
@LucuRuiz
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