Los nueve militantes están acusados de “atentado y ataque a la propiedad” por una protesta contra un local del Movimiento Popular Neuquino en la ciudad de Buenos Aires los días posteriores al asesinato del docente Carlos Fuentealba. Juzgados por un tribunal conformado por jueces cómplices de la última dictadura y cuestionados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, los militantes apelaron la condena ante la Cámara de Casación.
A pesar de que la cusa iniciada por la familia de Fuentealba y la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquen, para juzgar a Jorge Sobisch por las responsabilidades políticas que le caben en el crimen del docente, las causas contra quienes se manifestaron ante el asesinato siguen su curso. La principal garantía de continuidad del proceso fue dada por los jueces que integran el juzgado que emitió la sentencia. Como se ha venido denunciado, todos los integrantes del tribunal tiene una larga trayectoria en lo que hace a la persecución de la acción política de izquierda.
El juez Miguel Pons, fue quien inició las causas por terrorismos contra ex integrantes de la organización Montoneros; por su parte el juez Guillermo Gordo, hijo del general de brigada Angel Andrés Gordo, fue designado por decreto del dictador Jorge Videla como vicepresidente de Somisa, se ha excusado de manera reiterada de participar en tribunales que juzgan delitos de lesa humanidad y el tercer magistrado, Gerardo Larrambebere, intervino en el juzgamiento del ataque al regimiento de La Tablada por parte del Movimiento Todos por la Patria. Su actuación en esa causa fue seriamente cuestionada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por no haber investigado los homicidios y torturas cometidos por militares.
El tribunal juzgó la participación de 14 militantes de Quebracho en un escrache a un local del MPN, que conduce Jorge Sobisch, ex gobernador de Neuquén, un día después del asesinato de Carlos Fuentealba. A pesar de no haber participado de la acción fueron incluidos en la nómina de acusado Fernando Esteche y Raúl “Boli” Lescano, que junto a otros doce militantes debieron someterse al juicio.
El veredicto, que fue leído sin público en la sala, impuso las penas solicitadas por el fiscal federal Miguel Osorio, quien había solicitado penas efectivas. Así determinaron que Esteche y Lescano cumplieran tres años y ocho meses de prisión efectiva, que Facundo Lafit, Matías Lafit, Tomás Lafit, Joaquín Isasi, Osvaldo Lizzano y Francisco da Silva cumplieran la pena de tres años de prisión condicional, mientras que los otros seis militantes fueron absueltos de culpa y cargo.
Si bien la intención del tribunal al dictar penas mayores a los tres años de prisión, tope máximo para la excarcelación, fue que Esteche y Lescanos fueran detenidos inmediatamente, sus sentencias fueron apeladas ante la Cámara de Casación Penal por los abogados defensores que integran la Fundación FIDELA.
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