martes, 9 de octubre de 2012

Procesamiento firme para dos asesinos de la CNU



Confirmado procesamiento de tres asesinos que formaban parte del formaban parte del grupo terrorista paraestatal Concentración Nacional Universitaria (CNU). Casapueblos-AEDD

Los jueces Julio Víctor Reboredo y Carlos Román Compareid confirmaron los procesamientos.
Se trata de Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio y Juan José Pomares (a) Pipi, imputados por secuestros y asesinatos cometidos al amparo del Estado.
Los asesinos Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio y Juan José Pomares (a) Pipi sufrieron un duro revés en sus intentos por evitar el castigo que merecen por los crímenes cometidos mientras formaban parte del grupo terrorista paraestatal Concentración Nacional Universitaria (CNU), entre mediados de 1974 y fines de abril de 1976. La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, con la firma de los jueces Carlos Román Compareid y Julio Víctor Reboredo, confirmó sus procesamientos por los secuestros y asesinatos de gremialistas y militantes populares cometidos en tres operativos parapoliciales realizados en febrero y abril de 1976.
En el fallo, los camaristas consideraron probada prima facie la participación de Castillo en los hechos que tuvieron como víctimas a Carlos Antonio Domínguez (secuestrado y asesinado), Roberto Fiandor (secuestrado que logró escapar), Leonardo Guillermo Miceli (secuestrado y asesinado), Néstor Hugo Dinotto (secuestrado, torturado y asesinado), Graciela Herminia Martini (secuestrada, torturada y asesinada), Daniel Hugo Pastorino y Adelaida Úrsula Barón (secuestrados, sometidos a un simulacro de fusilamiento y liberados). Pomares, por su parte, está procesado por los últimos cuatro casos.
Además, al confirmar el procesamiento, los jueces Reboredo y Compareid enmarcaron los crímenes cometidos por Castillo y Pomares –junto con otros integrantes de la CNU cuyos nombres ya han sido publicados por la investigación de Miradas al Sur– como delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles. “Existen razones generadas por la prueba reunida en esta causa –a la cual se ha referido extensamente el señor juez de grado (se refieren a Arnaldo Corazza)– para pensar que integrantes de uno de estos grupos paraestatales ilegales, posiblemente de la CNU, tuvieron intervención en los delitos investigados, los cuales fueron cometidos de manera planificada y de acuerdo con una política de persecución y eliminación de personas alentada o tolerada por el propio Estado”, señalaron.
Las reconstrucciones de los tres operativos parapoliciales por los cuales los jueces confirmaron los procesamientos de Castillo y Pomares también han sido publicadas con anterioridad en Miradas al Sur por los autores de esta investigación.
Asesinato de un gremialista. Carlos Antonio Domínguez, presidente de la Agremiación de Empleados por Reunión del Hipódromo de La Plata, fue secuestrado por la CNU la madrugada del 12 de febrero de 1976 en su domicilio de la calle 12 N° 533, de esa ciudad (ver nota “Domínguez va a ser boleta”, del 19 de junio de 2011). Poco antes, el mismo grupo de tareas había irrumpido en la casa de Roberto Fiandor, vocal del gremio, quien luego de ser reducido por imperio de las armas fue encerrado en el baúl de uno de los dos Ford Falcon utilizados en el operativo.
Con sus dos víctimas a bordo, la caravana se dirigió a la ruta provincial que conduce a la localidad de Magdalena, ubicada al sur de La Plata. En un punto del trayecto, Fiandor logró forzar desde adentro la cerradura del baúl del segundo Ford Falcon y arrojarse al pavimento. Milagrosamente ileso, emprendió una rápida carrera a campo traviesa sin ser alcanzado por las balas disparadas por varios integrantes del grupo parapolicial. A partir de entonces, vivió oculto y atemorizado, sin hablar del hecho durante décadas. Domínguez, trasladado en el asiento trasero del primero de los autos, no tuvo oportunidad. Su cadáver fue hallado a las 11 de la mañana cerca del paraje conocido como “La Viruta”, a la vera de la ruta provincial 20, que une La Plata con Magdalena. Según pudo reconstruir Miradas al Sur, fue asesinado con un disparo de Itaka por la espalda realizado por Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio. Luego, el resto de la banda descargó sus armas sobre el cuerpo ya inerte del gremialista. En la autopsia se señaló que había sido impactado por más de 50 balas.
Los autores de esta investigación han identificado a la mayoría de los participantes del operativo de la madrugada del 12 de febrero de 1976. Además de Castillo y Pomares, el grupo de tareas de la CNU estuvo integrado, entre otros, por Dardo Omar Quinteros, Antonio Agustín Jesús (a) Tony, Martín Osvaldo Sánchez (a) Pucho, Alfredo Ricardo Lozano (a) El Boxer, Ricardo Calvo (a) Richard y Gerardo Blas (a) El Flaco.
La participación de Castillo está además probada por un elemento material. Al secuestrar a Domínguez, la patota también robó una serie de bienes del gremialista, entre ellos una máquina de escribir marca Engadinne 44 de 90 espacios, número de serie C94874. El 30 de abril de 1976, esa máquina fue hallada por la policía en la quinta que habitaba El Indio en la zona sur de La Plata, durante un allanamiento realizado luego de que la banda de la CNU fuera desactivada y varios de sus miembros detenidos por orden del jefe del Área de Operaciones 113, coronel Roque Carlos Presti, a quien el accionar por momentos indisciplinado de Castillo y sus hombres dejó de convenirles.
Cuatro militantes secuestrados. Néstor Hugo Dinotto, Graciela Herminia Martini, Adelaida Úrsula Barón y Daniel Hugo Pastorino fueron secuestrados la madrugada del 4 de abril de 1976, cuando circulaban por Villa Elisa, al norte de La Plata, en un taxi conducido por el último de ellos (ver nota “Cayó Pipi”, del 10 de julio de 2011). El taxi fue interceptado por dos o tres autos, desde los cuales los integrantes de la CNU dispararon contra las cubiertas para detenerlo. Los cuatro militantes de la izquierda peronista fueron obligados a subir a uno de los automóviles, un Peugeot 504 robado, en el que los condujeron a la esquina del Camino Centenario y la calle 422, donde se los sometió a un simulacro de fusilamiento.
“Después de ello –describe el fallo de los camaristas–, fueron llevados hasta una zona rural, en donde los secuestradores los amenazaron y sometieron a torturas a Dinotto y Martini, a quienes interrogaron sobre sus actividades políticas.” La investigación de Miradas al Sur pudo determinar que la “zona rural” a la que se refieren los jueces era en realidad una de las casas operativas del grupo de tareas de la Concentración Nacional Universitaria, más precisamente la vivienda del padre de El Indio Castillo, ubicada en diagonal 113 y 65, contra los fondos de la Facultad de Agronomía. Se trataba de una construcción que todavía existe, rodeada por una suerte de parque arbolado, donde la banda tenía una casa rodante. A esa tráiler fueron llevados, sucesivamente, Dinotto y Martini para ser torturados, mientras Pastorino y Barón permanecían en uno de los autos, vigilados por sus secuestradores, aterrorizados por las armas que les apuntaban y los gritos de sus compañeros.
Daniel Hugo Pastorino y su mujer, Adelaida Úrsula Barón, no fueron torturados y salvaron sus vidas debido a la llegada al lugar un miembro de la CNU que no había participado del operativo de secuestro. Este sujeto reconoció a Úrsula Barón, con uno de cuyos familiares tenía relación. Se produjo, entonces, el siguiente diálogo:
–¿Qué relación tiene usted con la familia Barón?
–Soy la hija menor –responde Adelaida.
–Vos sos hermana de alguien que tiene altos valores morales, de una persona recta, de bien. ¿Cómo puede ser que estés con estos asesinos? –dice el sujeto y, sin esperar respuesta, se da vuelta y les habla a los otros:
–A estos dos chicos no los tocan.
Treinta y cinco años después, el sentido de la escena quedará revelado con una explicación de Daniel Pastorino en el Juicio por la Verdad. “El hermano de mi ex mujer era militante nazi, pertenecía a Tradición Familia y Propiedad, era amigo de este hombre”, dirá. Y agregará: “Este hombre también era nazi, tenía una librería muy conocida en la ciudad”. La investigación de Miradas al Sur identificó al “librero nazi”: Patricio Errecarte Pueyrredón, también integrante de la CNU, propietario de la desaparecida librería La Barca, de diagonal 79 entre 55 y 56.
Poco después, Pastorino y Barón fueron liberados en una esquina de La Plata. “De nuestras caras se olvidan, no hablen con nadie de esto porque son boleta”, los amenazó Castillo antes de dar la orden de que los soltaran. Los cadáveres acribillados de Dinotto y Martini fueron encontrados la mañana siguiente en un descampado de City Bell.
Daniel Hugo Pastorino reconoció a dos de sus secuestradores: Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio y Juan José Pomares (a)Pipi. Los autores de esta investigación han logrado confirmar la participación de otros cuatro integrantes del grupo de tareas de la CNU, además de Errecarte Pueyrredón: Antonio Agustín Jesús (a) Tony, Alfredo Ricardo Lozano (a) El Boxer, Martín Osvaldo Sánchez (a) Pucho y Ricardo Calvo (a) Richard.
El delegado de Limpiolux. Leonardo Guillermo Miceli –estudiante de Ingeniería Química, militante montonero y empleado de Limpiolux, empresa dedicada a la limpieza de las instalaciones de Propulsora Siderúrgica, del Grupo Techint– fue secuestrado de su vivienda, en la calle 122 N° 1891, de La Plata, la madrugada del 19 de abril de 1976, por un grupo de personas fuertemente armadas que actuaron a cara descubierta (ver nota “El secuestro de Leonardo Miceli y el triste cabaret del Flaco Vela”, del 8 de abril de 2012).
Ana María Bossio, la mujer de Leonardo Guillermo Miceli, estaba en el dormitorio con su pequeño hijo cuando vio que una luz muy potente iluminaba el frente de la casa. Escuchó gritos y órdenes antes de que la patota derribara a golpes la puerta de entrada. Leonardo Guillermo Miceli intentó llegar hasta el dormitorio, en un reflejo inútil por protegerlos, pero los invasores –más de una decena de hombres jóvenes, de civil– se lo impidieron.
Poco después, Ana María Bossio escuchó el ruido de armas al ser amartilladas y luego una voz, deformada por un Handy, que ordenaba: “Móvil uno a móvil dos, ¡tiren al bulto y retírense!”. Cerró los ojos esperando escuchar los disparos, pero éstos no llegaron. “¡Vamos!”, gritó alguien desde la otra habitación. “¡Nos vamos!”, repitió el hombre al que después identificará como El Indio Castillo dentro del dormitorio. Antes de salir, le dijo:
–Boludita, si querés saber algo de tu marido, andá mañana en horario de oficina al Regimiento 7 y preguntá por él.
Apenas salieron del dormitorio, Ana María Bossio se levantó de la cama y, venciendo el terror, miró por la ventana. Alcanzó a ver cómo el grupo se repartía para subir a tres autos grandes con los motores en marcha. En uno de ellos llevaban a su marido.
Esa misma noche, el grupo de tareas de la CNU comandado por Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio secuestró también a Carlos Satich, compañero de Miceli en Limpiolux, y a Horacio Salvador Urrera, un militante gremial peronista a quien se la tenían jurada desde hacía años (ver nota “Crónica de un asesinato anunciado”, del 16 de octubre de 2011). Fracasarán, en cambio, al intentar el secuestro de Alberto Bossio, hermano de la mujer de Miceli y también militante de Montoneros.
Los cadáveres acribillados de Leonardo Miceli, Carlos Satich y Horacio Urrera fueron encontrados al día siguiente en aguas del arroyo Santo Domingo, en jurisdicción de Sarandí, una de las zonas liberadas de que disponía el grupo de tareas de la Concentración Nacional Universitaria para sembrar los cuerpos de sus víctimas.

Delitos de lesa humanidad.

El fallo de los camaristas Carlos Román Compareid y Julio Víctor Reboredo es claro al definir como de “lesa humanidad” los crímenes por los que están procesados Carlos Ernesto Castillo (a) El Indio y Juan José Pomares (a) Pipi. Se trata de un encuadramiento fundamental para que, finalmente, pueda hacerse justicia, ya que se trata de delitos imprescriptibles.
En los fundamentos, los jueces citan una serie de decretos del gobierno de María Estela Martínez de Perón –es decir, previos al golpe del 24 de marzo de 1976– que propiciaron el accionar de grupos paraestatales como la Triple A, el Comando Libertadores de América (que operó básicamente en la provincia de Córdoba) y la Concentración Nacional Universitaria (principalmente, en La Plata y en Mar del Plata). Entre ellos hay tres que resultan clave para identificar las operaciones de la CNU como parte del aparato terrorista de Estado durante el gobierno peronista. Se trata de los decretos 2770, 2771 y 2772 del 6 de octubre de 1975, que establecen expresamente que las Fuerzas Armadas podrán “ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país”.
La investigación de Miradas al Sur pudo establecer que unos pocos días después de la firma de estos decretos la Concentración Nacional Universitaria pasó a depender operativamente del Batallón 601 de Inteligencia del Ejército (ver nota “El día que la CNU recibió órdenes del Ejército”, del 13 de noviembre de 2011). Hasta entonces, el grupo de tareas de Carlos Ernesto Castillo había respondido a una cadena arbórea de mandos que incluían al gobernador de la provincia de Buenos Aires, el sindicalista de ultraderecha Victorio Calabró, y a la Triple A, a través de Aníbal Gordon. Sin embargo, tras la firma del decreto, en una reunión realizada en la sede del Sindicato de Papeleros de Bernal y relatada mucho después por uno de sus participantes, el suboficial de Inteligencia Omar Orestes Vaello, “el Ejército arregla directamente con los citados Miguel Angel Tarquini (jefe de la Zona Sur de la CNU) y Patricio Fernández Rivero (a) El Manco, jefe nacional de la CNU, la operativa militar de la organización bajo supervisión de Inteligencia del Ejército”. En otras palabras, el gobierno peronista le transfirió a las Fuerzas Armadas el comando de una de sus organizaciones terroristas que sostenía desde el aparato del Estado.
Volviendo al fallo de los camaristas, Reboredo y Compareid se explayan en las características del accionar de la CNU que muestran sin equívocos que forman parte de un aparato terrorista montado desde el Estado. “Cabe destacar que en los tres casos sometidos a la revisión de esta Alzada, los operativos fueron practicados por hombres vestidos de civil, fuertemente armados, que irrumpieron en las casas de las víctimas o interceptaron sus vehículos con la finalidad de llevarse a las personas previamente individualizadas, quienes a las pocas horas aparecieron muertas en lugares alejados de la ciudad. En los casos de Domínguez y de Fiandor se trató de un ataque conjunto practicado en la misma noche”, explican. Y agregan: “También se presentan en autos otras características comunes a este tipo de delitos, como son el gran número de hombres que intervienen en ellos, la utilización de varios automóviles y de poderosas armas de fuego, la garantía de impunidad dada por la liberación de zonas para actuar sin interferencia de las fuerzas de seguridad y la escasa actividad judicial”.
Además de confirmar los procesamientos de Pomares y Castillo, el fallo de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata tiene, por extensión, una importancia que trasciende ampliamente los crímenes a los que se refiere de manera específica. Al caracterizar el accionar de la CNU como parte del aparato terrorista de Estado, antes y después del golpe cívico militar del 24 de marzo de 1976, define la imprescriptibilidad –por tratarse de delitos de lesa humanidad– de todos los crímenes cometidos por esa organización.

Por Daniel Cecchini y Alberto Elizalde Leal

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