sábado, 4 de enero de 2025

La fundamentación arbitraria de un nuevo fallo persecutorio contra Arakaki


Lo responsabiliza del "quiebre" del gobierno de Macri, y destacada lo "positivo" para César de ir a prisión.

 La Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal falló recientemente –con voto dividido- respecto a la apelación presentada por la defensa de César Arakaki reduciendo la condena del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 a tres años aunque imponiéndose el criterio de cumplimiento efectivo de la condena en prisión, quedando habilitada una última instancia de apelación ante la Corte Suprema. Las argumentaciones arbitrarias de los jueces de la mayoría dejan traslucir una clara orientación política que busca sancionar a activistas y militantes como escarmiento contra la población trabajadora que se moviliza contra las injusticias de un régimen hambreador y descompuesto. 
 Las argumentaciones más arbitrarias son las que corresponden al juez Diego G. Barroetaveña, a cuyos fundamentos y decisorio se avino el juez Daniel Antonio Petrone.
 Barroetaveña trata de hacer hincapié en la valoración negativa de los supuestos golpes y lesiones efectuados al policía Brian Fernando Escobar –cuya atribución a Arakaki fue negada por el propio “damnificado”- como la culminación de un proceder violento hacia las instituciones democráticas que “generó un punto de quiebre, impactando de manera nociva en la regular marcha del gobierno de ese entonces”. 
 Para el juez de alzada Arakaki sería responsable, nada más y nada menos, que del inicio del deterioro político del entonces gobierno de Mauricio Macri, por lo cual su condena debe cargar, en alguna medida, con la responsabilidad de dicho resultado negativo.
 Esta afirmación del Barroetaveña tiene al menos dos aristas a interpretar: una vinculada al disparate de tal atribución que solo se explica por la necesidad de justificar una condena privativa de la libertad que no tendría lugar de otra manera. Y la otra es poner de manifiesto el verdadero sustento político de la causa contra Arakaki, como un proceso judicial contra el pueblo movilizado, que supo poner un límite al ajuste gubernamental y a los planes antiobreros de fondo (reforma laboral, etc.) de aquel gobierno.
 Siguiendo en su argumentación retorcida, Barroetaveña pasa a elogiar las “virtudes” de una condena a prisión efectiva señalando que la misma tendría “una repercusión positiva en César Javier Arakaki”, algo llamativo de quien afirma al mismo tiempo que carece de antecedentes penales y conducta reiterativa alguna que haga pensar la necesidad de internalizar el “valor del respeto que debe guardarse a las autoridades públicas”. 
 El juez cuestiona abiertamente la doctrina y jurisprudencia para el caso de condenas cortas, como el caso de Arakaki, para argumentar sin fundamentos que la prisión efectiva resultaría “positiva”, siendo los establecimientos penitenciarios federales lugares superpoblados donde las condiciones de vida se encuentran constantemente vulneradas y las políticas de “resocialización” son de escasas a nulas. 
 El efecto “positivo” que menciona Barroetaveña es nada más ni nada menos que la carga punitiva de la condena, siendo que como el mismo reconoce y el propio Arakaki dio testimonio, su “inserción social” no se encuentra cuestionada, aunque si amenazada por la Condena privativa de la libertad a la cual se lo quiere someter, apartándolo de su familia, profesión, vínculos afectivos y trabajo.
 Lo de Barroetaveña replica casi textualmente parte del fallo de primera instancia donde se afirma que el régimen penitenciario “le permitirá incorporar las herramientas necesarias para desenvolverse de manera adecuada con sus conciudadanos, de modo de lograr un apropiado respeto por la ley que rige la vida en comunidad”: no hay nada en los antecedentes de Arakaki ni en su conducta actual que suponga pensar que estamos ante “amenaza a la vida en comunidad”. 
 Esto, que se cae de maduro para quien se detenga brevemente a analizar el caso, parece no ser así para los jueces actuantes, quienes entre sus fundamentos agregan como agravante “el gran temor que (Arakaki) ocasionó a las personas que se encontraban allí, algunos de los cuales aún recordaban la situación vivenciada con profunda tristeza, miedo, amargura y desazón”. Que a Arakaki se lo responsabilice por todo esto es un despropósito que busca aumentar la responsabilidad sobre una atribución genérica de “sensaciones” (nada de esto se encuentra probado), aunque bien sirve para justificar lo injustificable, la condena a prisión efectiva. 
 La fundamentación de este nuevo fallo saca a las luces todas las arbitrariedades judiciales contra los luchadores como Arakaki, utilizadas con el único propósito de doblegar la movilización popular contra los gobiernos ajustadores. Por estas razones debemos redoblar la lucha para derrotar esta intentona criminalizadora, que se extiende a la política persecutoria del gobierno de Milei y la Justicia sobre el movimiento piquetero y los trabajadores.

 Marcelo Mache

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