jueves, 29 de enero de 2026

La “reforma previsional” va de la mano de la contrarreforma laboral


El Gobierno se propone el aumento de la edad jubilatoria y la eliminación de las pensiones por viudez, de los regímenes especiales y de las cajas provinciales.

 Las reformas laboral y jubilatoria son dos caras de una misma moneda. 
 El proyecto de reforma laboral desfinancia a la ANSES en el equivalente a 3.500 millones de dólares, a través de la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se conformará con los 3 puntos del salario de contribución patronal que hoy van al ANSES y que tendrá un costo fiscal de 0,05 % del PBI.
 El proyecto de ley específica de dicho Fondo será destinado a cubrir las “contingencias laborales”, por ejemplo, indemnizaciones por despido. Pero si el saldo acumulado cubre esas contingencias, el empleador “podrá solicitar la interrupción o suspensión de la obligación mensual” y quedarse con el aporte, que no es otra cosa que salario diferido. Este es robado al trabajador de todas las maneras posibles: primero se lo sacan del fondo destinado a su haber jubilatorio para financiar su propio despido y luego, si la “indemnización” queda garantizada por los aportes pasados, el patrón deja de pagar el aporte y se lo queda. Es la misma perversión de hacerle cavar a alguien su propia fosa antes de asesinarlo. 
 Pero ese no es el único arrebato que sufre la ANSES con la reforma laboral. 
 La reforma también establece una nueva rebaja de los aportes patronales y del impuesto a las ganancias corporativas. Toda esta benevolencia fiscal con las patronales precisa de un correlato de ajuste para equilibrar las cuentas. Es este un hilo fundamental que une ambas reformas.
 Para esto, la reforma previsional establece el aumento de la edad, limita o directamente elimina las pensiones por viudez y los regímenes especiales.

 Aumento gradual de la edad mínima para acceder a la jubilación

 Actualmente, con 30 años de aportes, las mujeres pueden jubilarse a los 60 años y los varones a los 65. Desde 2018, si se jubilan a esa edad, reciben un porcentaje menor que si deciden trabajar hasta los 70, debido a la reforma de Macri del 2017. 
 La idea del gobierno es aumentar la edad jubilatoria de manera obligatoria a 70 años, tanto para hombres como para mujeres, de manera gradual a partir de 2027, con implementación plena hacia 2030.

 Derogación de los regímenes especiales 

Entre otros, están los regímenes de insalubridad o de envejecimiento prematuro (por ejemplo, mineros o estibadores que se jubilan antes de los 65 años, según los casos) y los regímenes especiales, como el de docentes nacionales, docentes universitarios nacionales, investigadores científicos (se jubilan con el 82 % del sueldo del cargo, con un aporte del 13 %, en lugar del 11 %), Servicio Exterior, Luz y Fuerza y Poder Judicial.
 Las Fuerzas Armadas y de Seguridad tienen regímenes propios que el Gobierno quiere reformar; también hay 13 cajas provinciales que no fueron transferidas a la ANSES que se busca que se integren al régimen general. Los regímenes de los docentes y de los trabajadores de Luz y Fuerza abarcan al 90 % del total de los beneficiarios de los regímenes especiales. Todos esos regímenes fueron objetados por el FMI.
 La propuesta sería que en adelante se jubilen, al igual que el resto de las jubilaciones y pensiones, en torno del 60/65 % del sueldo actualizado de los últimos 10 años, lo que implica una reducción muy fuerte de los haberes para las nuevas jubilaciones. 

 Pensión por viudez 

También figura revisar las pensiones, en especial por discapacidad y por viudez. 
 En el esquema actual, una viuda o viudo que cumple con los requisitos (como convivencia o matrimonio y cuyo titular fallecido haya tenido aportes suficientes) puede cobrar la pensión de manera permanente. 
 Con la reforma, ese beneficio podría tener una duración limitada según la edad del sobreviviente. Un ejemplo que circula en los borradores es que si quien queda viudo tiene menos de determinada edad, la pensión duraría sólo un plazo restringido.
 Otro punto que aparece en las propuestas es la manera de calcular el monto de la pensión cuando el beneficiario ya es jubilado o pensionado por su cuenta.
 Actualmente, viudas o viudos que ya eran jubilados pueden seguir percibiendo la pensión por viudez completa, sumada a su jubilación. En la reforma se propone que solo la parte proporcional del haber (derivada de aportes del fallecido) genere pensión, y que el sobreviviente reciba una sola Prestación Básica si ya tenía derecho a una. 
 En los casos de los trabajadores activos, la pensión se mantendría solo por los años del matrimonio o convivencia. La exclusión de la pensión por viudez ya rige para la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor), vigente desde 2018. 

 Jubilación privada

 Esto se piensa establecer con aportes voluntarios que podrían ser estimulados con alguna deducción sobre el Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el gobierno liberticida ya desfalca a los jubilados con una fórmula de actualización que deja a los haberes en niveles de indigencia y también a través de otros medios. 
 La garantía del 82 % del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) para los que se jubilaron con el haber mínimo sin acudir a las moratorias, en la práctica, dejó de tener vigencia. Esto perjudica a 1,5 millones de jubilados y pensionados (Clarín 26/01). 
 Esa garantía, establecida con la reforma previsional de fines de 2017, no se aplica porque bajo la actual gestión el SMVM se ubicó por debajo del haber mínimo. Actualmente, el haber mínimo previsional es de $349.299 y el SMVM de $ 341.000. Solo el SMVM le gana a los haberes jubilatorios en materia de miseria (Idem).
 Esta realidad, que contradice al 82 % móvil establecido por la Constitución, intensifica la andanada de litigios reclamando los montos.

 Juicios

 Los reclamos ante la Corte Suprema por temas previsionales crecieron un 470 % en los últimos seis años y, durante el primer semestre de 2025 -la última estadística pública disponible-, constituyeron casi el 70 % de todas las presentaciones que golpearon las puertas de la más alta instancia en la Justicia.
 La ANSES aspira a que el ciclo vital de los jubilados resuelva el tema de liquidar las sentencias y por eso apela hasta el infinito. Así, la ANSES demora los pagos y convierte a los reclamos de los jubilados que ya han sido validados por la Justicia en primera y segunda instancia.
 La Nación hace referencia a la “industria del juicio” y nunca menciona, entre las causales del aumento de la litigiosidad, el incumplimiento que hacen los gobiernos de las normas establecidas, sino que el problema es la “benevolencia” de las leyes que es imposible de cumplir.  
Las centrales sindicales ya acordaron; ambas reformas deben ser rechazadas por la movilización popular forjada por autoconvocatorias y la unidad de las luchas.

 Aldana González 
 28/01/2026

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