El laudo presidencial llega luego de que fracasara el acuerdo en el marco del Consejo del Salario Mínimo, que integran funcionarios, empresarios y representantes sindicales. Los sindicatos pedían a partir de abril $644.000, una cifra también exigua, mientras que los empresarios ofrecían $301.300. Hasta ese mes, se había acumulado en 2025 un incremento del 6,12 % del salario mínimo, contra una inflación del 8,6 %.
El salario mínimo tiene incidencia en un conjunto de prestaciones asistenciales, como la AUH, y además determina el piso de la jubilación mínima, ya que establece que quienes se jubilaron sin recurrir a las moratorias, tienen derecho a cobrar el equivalente al 82 % del salario mínimo. Ese plus no se aplica de hecho porque los aumentos del mínimo vienen siendo inferiores a los de las jubilaciones y pensiones. También determina el valor del subsidio por desempleo para los trabajadores convencionados o no convencionados, que por ley fue fijada en un 75 % del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo, pero no podrá superar el 100 % del salario mínimo vital y móvil, estableciendo, de hecho, un techo bajísimo.
En menor medida, el salario mínimo vital y móvil oficial incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados de los escalafones más bajos y, de manera indirecta, es una suerte de referencia para los trabajadores no registrados, lo que comprende a casi el 40 % de los asalariados.
La tolerancia de la burocracia sindical para con este rasero de miseria es coincidente con la sistemática firma de paritarias a la baja.
Jacyn
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